Las ayudas de desplazamiento de FP cubren formación en empresas realizada durante 2025/2026. La renta, las jornadas y la distancia determinan el importe.
La Junta de Andalucía abrió el 19 de octubre las ayudas de desplazamiento de FP del curso 2025/2026. El alumnado que realizó formación práctica en empresas puede solicitarlas hasta el 27 de octubre de 2026. La Consejería de Educación anunció la apertura tras publicarse la convocatoria en el BOJA del día 16. Los importes concedidos oscilan entre 100 y 1.000 euros, con requisitos económicos, académicos y de distancia que impiden considerar universal ese máximo.
Qué alumnado puede pedir las ayudas de desplazamiento de FP
La convocatoria alcanza a quienes cursaron enseñanzas sostenidas con fondos públicos y realizaron Formación en Centros de Trabajo o Formación en Empresa u Organismo Equiparado. Incluye ciclos de grado básico, medio y superior, además de cursos de especialización. Se refiere al curso ya terminado, no a desplazamientos futuros de 2026/2027. Las ayudas de transporte escolar para acudir a clase tienen otra regulación. Esta línea compensa los trayectos vinculados a la formación en empresas. Por tanto, haber terminado los estudios no excluye por sí mismo al solicitante.
Las bases exigen completar al menos el 80% de las jornadas previstas y una distancia superior a cinco kilómetros. Como regla general, la empresa debe estar en Andalucía; fuera de la comunidad se necesita la autorización prevista. La renta anual por persona de la unidad de convivencia no puede superar el IPREM anual de referencia. También operan los límites de patrimonio familiar de la normativa de becas. Esta ayuda es incompatible con otras subvenciones, ingresos o recursos destinados a la misma finalidad. Esa incompatibilidad no equivale a prohibir cualquier beca educativa por conceptos diferentes.
Cómo se calcula el importe y cuándo aumenta
El cálculo comienza multiplicando las jornadas efectivamente realizadas, con un máximo de cien, por la distancia de ida admitida y la indemnización kilométrica vigente. Las bases limitan la distancia computable a más de cinco y hasta ochenta kilómetros. Para enseñanza presencial se toma el recorrido desde el centro educativo hasta la empresa. En modalidad virtual se utiliza el domicilio del estudiante como origen. El trayecto de vuelta no se duplica en esta operación. Después se aplica el porcentaje correspondiente al tramo de renta de la unidad de convivencia.
Los porcentajes son del 100%, 80%, 60% o 40%, según las circunstancias y los tramos previstos. El factor territorial añade un 40% del importe base en los municipios incluidos en el anexo de baja densidad de población. Una discapacidad reconocida igual o superior al 33% permite sumar otro 40% de esa base. Por ejemplo, una base hipotética de 500 euros con porcentaje del 60% genera 300 euros. Si corresponde el factor territorial, se añaden 200 euros, resultando 500. Es un ejemplo de cálculo, sujeto a concesión y al límite final.
La solicitud puede hacerse con identificación digital o en papel
La Secretaría Virtual de Educación dispone del trámite específico para el curso 2025/2026. Ofrece acceso mediante iANDE, certificado digital y los sistemas Cl@ve indicados en la página. También permite cumplimentar el formulario sin identificarse previamente. Esta opción genera un PDF que debe imprimirse y presentarse en el centro educativo o la Delegación Territorial que corresponda. Guardar el archivo en el ordenador no completa la solicitud. La página de acceso advierte expresamente de ese requisito para que la petición tenga validez administrativa.
La convocatoria concede siete días hábiles, que la Consejería concreta entre el 19 y el 27 de octubre. No debe confundirse con la anterior convocatoria del curso 2024/2025, cuyo plazo terminó el 13 de octubre. Son expedientes de cursos diferentes. Para evitar errores al cumplimentar el formulario, debe comprobarse que el encabezado identifica 2025/2026 antes de introducir los datos. Si se presentan varias solicitudes dentro del plazo, la última deja sin efecto las anteriores. El alumnado puede acudir a su centro para recibir orientación sobre la tramitación.
Qué documentos pueden pedir y cómo se comunica la concesión
La Administración comprobará los datos disponibles, salvo oposición expresa o imposibilidad de consulta. En esos casos pueden exigirse documentos de identidad, ingresos, patrimonio y certificación académica. El centro acredita la formación realizada, las jornadas y la distancia correspondiente. Si Hacienda carece de datos económicos, las bases prevén una declaración responsable de renta y patrimonio. La cuenta de cobro debe estar correctamente registrada y pertenecer al beneficiario o incluirlo como cotitular. Para menores, también debe figurar quien ejerza su representación legal, conforme a las bases.
El presupuesto máximo asciende a 3.739.187,37 euros y la concesión depende del crédito disponible. El plazo máximo para resolver es de seis meses desde el día siguiente al cierre de solicitudes. Los requerimientos y resoluciones colectivos se publicarán en la web educativa, sustituyendo la notificación individual. El correo electrónico funciona como aviso informativo. Las bases no comprometen una fecha concreta de pago. La convocatoria publicada en el BOJA permite consultar el procedimiento y el listado municipal utilizado para aplicar el incremento territorial.
