La DGT intensifica los controles hasta el 11 de octubre y vigila el móvil con cámaras en carretera

La campaña de distracciones combina vigilancia presencial y cámaras. Utilizar el teléfono en la mano puede costar 200 euros y seis puntos.

La DGT mantiene hasta el domingo 11 de octubre una campaña de distracciones en vías urbanas e interurbanas, iniciada el lunes 5. El comunicado oficial incorpora controles de agentes y vigilancia mediante cámaras para detectar, entre otras conductas, el uso del móvil. La novedad es este refuerzo temporal, no una nueva multa. La Ley de Tráfico diferencia entre utilizar el teléfono sujetándolo y otras manipulaciones, aunque ambas pueden sancionarse.

La campaña de distracciones continúa hasta el domingo

Los controles cuentan con la Agrupación de Tráfico y las policías autonómicas o locales que se adhieran. La DGT sitúa las distracciones entre los factores presentes en 444 siniestros mortales de 2025, el 32% de esos accidentes. Ese porcentaje describe siniestros, no personas fallecidas ni la totalidad de conductores. Tampoco permite atribuir cada caso exclusivamente al teléfono. Para el conductor, la distinción importa al relacionar esta vigilancia con las sanciones por utilizar el móvil, que responden a comportamientos concretos.

Un cálculo sencillo permite entender la distancia recorrida sin mirar la vía. A una velocidad constante de 90 kilómetros por hora, el vehículo avanza 25 metros cada segundo. Si la mirada permanece apartada durante tres segundos, recorre 75 metros. Es una equivalencia matemática, no una estimación del recorrido de frenado. Tampoco indica que una distracción más breve resulte segura. El espacio necesario para detenerse dependerá de otros factores, mientras esos metros ya se habrán recorrido antes de reaccionar.

Usar el teléfono en la mano resta seis puntos

El artículo 76.g de la Ley de Tráfico considera infracción grave utilizar el móvil sujetándolo con la mano mientras se conduce. El artículo 80 fija, con carácter general, una multa de 200 euros para las infracciones graves. El anexo II añade seis puntos para esa conducta. Estas consecuencias no se estrenan con la campaña de octubre. La regulación sobre puntos procede de la reforma aplicable desde marzo de 2022. Por tanto, la vigilancia adicional no modifica automáticamente la cuantía exigible.

El mismo anexo diferencia otras conductas que comportan tres puntos. Entre ellas figura utilizar manualmente navegadores o dispositivos de telefonía en condiciones distintas al supuesto anterior. Tener el teléfono instalado en un soporte no convierte su manipulación durante la conducción en una actividad permitida. La denuncia debe describir qué hizo el conductor y qué precepto se aplica. Esa descripción permite distinguir situaciones con una misma cuantía económica, pero consecuencias diferentes sobre el permiso. No basta con comprobar únicamente los euros reclamados.

El descuento reduce el dinero, pero mantiene los puntos

La Ley concede veinte días naturales para pagar voluntariamente con reducción o presentar alegaciones tras notificarse la denuncia. El procedimiento abreviado contempla una rebaja del 50% cuando corresponde. Para una multa de 200 euros, el pago reducido sería de 100 euros. El descuento afecta al importe económico, no al número de puntos. Esta diferencia debe tenerse presente antes de revisar una multa y elegir una vía. Presentar alegaciones exige atender al expediente concreto y aportar las pruebas que resulten pertinentes.

Pagar con reducción supone renunciar a formular alegaciones y termina el procedimiento administrativo en las condiciones del artículo 94. La eventual impugnación posterior queda para la jurisdicción contencioso-administrativa. Si el conductor discrepa de los hechos, debe valorar esa consecuencia antes de efectuar el ingreso. La notificación también identifica la administración responsable, que puede ser distinta de la DGT. Conservar el documento completo permite comprobar la fecha de recepción, el número de expediente, la conducta denunciada y los canales disponibles.

Qué preparar antes de arrancar y cómo consultar los puntos

El artículo 13 obliga a mantener la libertad de movimientos, el campo de visión y la atención permanente a la conducción. También exige colocar adecuadamente los objetos y animales transportados. Preparar la ruta antes de iniciar la marcha evita tener que introducir después una dirección. Si hace falta modificarla, puede buscarse un lugar permitido y seguro para detener el vehículo. La excepción legal para comunicaciones sin manos ni auriculares no elimina el deber de atención. Mantener una conversación exige seguir atendiendo al tráfico.

La sede electrónica permite consultar el saldo de puntos y el historial cuando el permiso está vigente. La pérdida de puntos se vincula a una sanción firme en vía administrativa, según el anexo II. Por eso, una denuncia recién notificada y un saldo consultado ese mismo día pueden corresponder a momentos diferentes del procedimiento. El conductor debe comprobar ambos documentos. El calendario de vigilancia aparece en la comunicación de la DGT; las sanciones y los plazos figuran en la Ley de Tráfico.

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