El SEPE deja de cotizar por mayores de 52 años si aceptan un empleo a jornada completa

La aportación del SEPE al subsidio para mayores de 52 años se detiene durante el CAE a jornada completa. El contrato mantiene sus propias cotizaciones.

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) deja de ingresar su cotización por jubilación cuando el subsidio se compatibiliza con un trabajo a jornada completa. La regla opera mediante el Complemento de Apoyo al Empleo, conocido como CAE. Está vigente desde el 1 de noviembre de 2024 y no es una novedad aprobada en 2026. Los subsidios anteriores mantienen, con carácter general, la normativa previa hasta su extinción. El contrato continúa generando cotizaciones, por lo que la persona trabajadora no queda automáticamente sin protección.

Qué ocurre con la cotización al aceptar un trabajo a jornada completa

Fuera de la compatibilidad laboral, la Ley General de la Seguridad Social establece que el SEPE cotiza por jubilación sobre el 125 % de la base mínima del Régimen General. Estas aportaciones sirven para calcular la base reguladora y el porcentaje de la futura pensión. También permiten completar el tiempo exigido para acceder a una jubilación anticipada. No sirven para acreditar el periodo mínimo que ya debía reunirse al solicitar la ayuda. El valor de esta cotización en 2026 es independiente de los 480 euros abonados como subsidio.

Cuando comienza un contrato a jornada completa compatible mediante el CAE, el SEPE deja de realizar esa aportación mientras dure la compatibilidad. La cotización pasa a proceder del empleo. La empresa ingresa las cuotas y descuenta en nómina la parte correspondiente al trabajador. Esto no equivale a una ausencia total de cotización. Sí puede cambiar la base computable para la futura pensión, porque será la correspondiente al salario del nuevo contrato.

La jornada parcial mantiene una parte de la base que paga el SEPE

Si el empleo es a tiempo parcial, el SEPE sigue cotizando, pero reduce su base según la proporción de jornada trabajada. Esa aportación pública coexiste con la cotización generada por el contrato parcial. La regulación diferencia las dos situaciones de la siguiente manera.

Jornada compatibleCotización que ingresa el SEPECotización derivada del empleo
CompletaNo ingresa cotizaciones durante el CAELa correspondiente a la base del contrato
ParcialReduce proporcionalmente el 125 % de la base mínimaLa correspondiente a la base del contrato

El importe cobrado tampoco tiene que mantenerse en 480 euros durante el trabajo. El CAE como ayuda puente depende del trimestre de percepción del subsidio y de la jornada inicial. A jornada completa, baja desde 480 euros en el primer trimestre hasta 120 euros desde el quinto. Con jornada parcial, puede situarse entre 450 y 30 euros, según el porcentaje trabajado y el trimestre. Los cambios posteriores de jornada no modifican la cuantía ya fijada.

El CAE dura 180 días y después el subsidio puede suspenderse

El SEPE reconoce de oficio esta compatibilidad cuando el derecho está sujeto al nuevo régimen y se cumplen sus condiciones. El CAE puede cobrarse durante un máximo de 180 días, seguidos o repartidos entre varios contratos. Cada día percibido consume un día de la duración reconocida del subsidio. Si el contrato termina antes, el cese debe comunicarse al SEPE dentro de los 15 días hábiles siguientes.

Cuando se agotan los 180 días y el empleo continúa, el subsidio queda suspendido. Podrá reanudarse tras acreditar una situación legal de desempleo y mantener los demás requisitos. Sin embargo, el mismo subsidio ya no podrá volver a compatibilizarse con otro trabajo, sea completo o parcial. El límite se aplica aunque los 180 días se hayan consumido mediante varios contratos.

Cuantía y requisitos del subsidio para mayores de 52 años en 2026

La cuantía ordinaria sigue siendo de 480 euros mensuales en 2026, equivalente al 80 % del IPREM de 600 euros. El límite de rentas propias es de 915,75 euros mensuales, el 75 % del SMI de 1.221 euros. No se incluye la parte proporcional de las pagas extraordinarias en ese umbral. Durante el CAE, el salario compatible no se computa para las reanudaciones o prórrogas que procedan. El derecho puede mantenerse hasta alcanzar la edad ordinaria de jubilación.

Para solicitarlo hay que tener al menos 52 años. Entre las vías de acceso figura haber agotado una prestación contributiva desde el 1 de noviembre de 2024. También puede acreditarse una situación legal de desempleo desde esa fecha, con un mínimo de 90 días cotizados. La persona debe estar desempleada totalmente o trabajar a tiempo parcial cuando solicita el subsidio. Además, debe reunir los requisitos de jubilación salvo la edad y acreditar seis años cotizados por desempleo en España.

En el reconocimiento debe estar inscrita, suscribir el acuerdo de actividad y cumplir la carencia de rentas. La declaración anual de rentas se presenta cada doce meses dentro de los 15 días hábiles siguientes. Su omisión interrumpe tanto el pago como la cotización del SEPE.

Deja un comentario