El laboralista explica cuándo se puede adelantar esta modalidad y qué papel tiene la cotización en la sombra. La jubilación parcial permite reducir la jornada y cobrar parte de la pensión, pero su acceso depende de los años cotizados. Según Ignacio Solsona, abogado laboralista, la diferencia es clara: “si cotizas más de 38,5 años puedes acceder a la jubilación parcial a los 62 años, quien haya cotizado menos, no podrá hasta los 64”. Cumplir o no ese umbral puede cambiar la edad de acceso para quienes quieren dejar el trabajo poco a poco.
Los años cotizados marcan la edad para acceder a la jubilación parcial: qué requisitos deben cumplir los trabajadores
Esta modalidad combina un contrato a tiempo parcial con el cobro de una parte de la prestación. ¿La clave? Tener suficiente cotización y reunir las condiciones exigidas.
Solsona señala que la jubilación parcial ha sufrido un “descalabro jurídico” en los últimos años, lo que la ha hecho menos atractiva para las empresas. Aun así, apunta a un real decreto que podría desbloquear esta vía para más de 700.000 trabajadores del personal laboral de administraciones públicas.
Qué requisitos deben cumplir los trabajadores para pedir la jubilación parcial
Para solicitarla, se necesitan al menos 33 años cotizados. En personas con una discapacidad igual o superior al 33%, el periodo baja a 25 años.
También se pide una antigüedad mínima de 6 años en la empresa y tener un contrato a tiempo completo. Por tanto, no basta con cumplir la edad. Si el contrato ya es parcial, esta opción no se puede utilizar.
Cómo funciona la cotización en la sombra al pedir esta pensión
La cotización en la sombra permite sumar años ficticios para cumplir el requisito de edad. En la jubilación parcial, puede añadir hasta 3 años.
Solsona lo explica así: “se tendrá como cotizado todo el tiempo que falte desde la edad de jubilación anticipada que interese hasta la edad de jubilación ordinaria que corresponda a cada uno”.
Por ejemplo, una persona con 62 años y 35 años y medio cotizados podría sumar 3 años hasta los 65 y alcanzar los 38 años y medio necesarios. Eso sí, este cómputo no mejora la cuantía ni reduce penalizaciones: “La cotización en la sombra no suma años a los efectos de rebajar esta penalización”.
La empresa debe aceptar el acuerdo y asumir nuevas obligaciones
El acceso requiere acuerdo con la empresa, que no está obligada a concederlo salvo que lo diga el convenio colectivo. Además, debe firmarse un contrato de relevo a tiempo completo y mantenerlo durante 2 años tras la jubilación total del relevado.
Durante todo el periodo, empresa y trabajador cotizan al 100%. En la industria manufacturera existe una excepción: acceso desde los 61 años, reducción de jornada de hasta el 80% y cotización del 50%, siempre que se cumplan los requisitos indicados.

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