Un despido inventado para cobrar el paro y adelantar la jubilación sin trabajar tras quince años en la industria cárnica

El Juzgado de lo Social n.º 2 de Ponferrada desestima la demanda de la empresa, valida el acta de Inspección de Trabajo y mantiene la multa de 7.501 euros; la trabajadora pierde el subsidio por desempleo y deberá devolver lo cobrado.

La Justicia ha concluido que el despido disciplinario de una trabajadora de producción cárnica fue simulado para crear una situación ficticia de paro y enlazar, sin trabajar, con la jubilación. El Juzgado de lo Social n.º 2 de Ponferrada ha confirmado la sanción impuesta tras la Inspección de Trabajo y ha rechazado la demanda de la empresa.

Fraude laboral para cobrar el paro y enlazar con la jubilación: qué ha dicho la Justicia

¿Se puede pactar un despido para acceder a prestaciones? El tribunal señala que, en este caso, existió connivencia entre empresa y trabajadora para aparentar un despido disciplinario por bajo rendimiento que nunca se acreditó. La relación laboral, en realidad, había terminado de mutuo acuerdo, tras una larga baja médica y con la trabajadora próxima a jubilarse.

¿Cómo actuó Inspección de Trabajo y qué sanción impuso según la LISOS? La Inspección de Trabajo abrió diligencias ante la sospecha de un despido pactado para cobrar el paro. Meses después levantó un acta concluyendo que el despido fue simulado. La infracción se calificó como muy grave conforme al artículo 23.1.c de la LISOS, imponiéndose una multa de 7.501 euros a la empresa.

Además, a la trabajadora se le extinguió el subsidio por desempleo y se le reclamó el reintegro de lo percibido. Dicho pronto: hubo trampa y hubo consecuencias. A continuación se resumen los datos esenciales del caso en una tabla para una consulta rápida.

AspectoDetalle
Órgano que resuelveJuzgado de lo Social nº 2 de Ponferrada
Calificación de la conductaSimulación de despido y fraude laboral
Norma aplicadaArt. 23.1.c de la LISOS (infracción muy grave)
Sanción a la empresaMulta de 7.501 €
Efecto sobre la trabajadoraExtinción del subsidio y devolución de lo cobrado
Estado de la resoluciónSentencia firme, sin recurso de suplicación por cuantía
PublicaciónCentro de Documentación Judicial del CGPJ

Esta síntesis permite visualizar de un golpe de vista qué ocurrió, quién actuó y con qué resultado.

Qué resolvió el Juzgado de lo Social n.º 2 de Ponferrada y por qué

La empresa impugnó la sanción alegando presunciones sin pruebas. Primero presentó alegaciones, después un recurso de alzada ante la Dirección General de Trabajo y, finalmente, una demanda judicial. Todas esas vías fueron desestimadas. El Juzgado concluye que no se acreditó bajo rendimiento ni transgresión de la buena fe. La falta de impugnación del despido por parte de la trabajadora, pese a su antigüedad y posible derecho a indemnización, refuerza el acuerdo encubierto. La sentencia, publicada en el Centro de Documentación Judicial, es firme y no cabe recurso de suplicación por la cuantía.

¿Y ahora qué? Para la empresa, la multa económica y la confirmación judicial de la infracción. Para la trabajadora, la pérdida del subsidio por desempleo y el deber de devolver lo indebidamente percibido. En consecuencia, el intento de enlazar paro y jubilación sin actividad efectiva ha sido rechazado de plano.

Claves para entender este tipo de casos y evitar problemas

Antes de terminar, conviene quedarse con varias ideas que ayudan a entender por qué este asunto ha acabado así y qué lecciones deja. ¿Te interesa no meterte en líos? Toma nota:

  • La Inspección de Trabajo puede investigar y levantar acta cuando aprecia indicios de despido simulado para acceder a prestaciones.
  • Si no hay pruebas reales que sustenten un despido disciplinario, puede calificarse como una simulación fraudulenta.
  • La LISOS contempla sanciones muy graves a la empresa y la extinción del subsidio para la persona trabajadora con reintegro de cantidades.
  • La ausencia de impugnación del despido, la proximidad de la jubilación y los pactos encubiertos pueden reforzar la tesis del fraude.
  • Las decisiones administrativas pueden ser revisadas por los juzgados; en este caso, el Juzgado confirmó íntegramente la sanción y la resolución es firme.

En definitiva, no hay atajos: cuando se pretende fabricar una situación de desempleo para cobrar prestaciones y enlazar con la jubilación, el resultado puede ser una sanción, la pérdida del subsidio y la obligación de devolver lo cobrado.

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