El TSJ de Castilla-La Mancha confirma el cese de un trabajador por retrasos, paradas no autorizadas y circular a 143 km/h, ratificando la sentencia del Juzgado de lo Social nº 2 de Guadalajara de abril de 2024.
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha desestimado el recurso de suplicación de un conductor de ambulancia y mantiene su despido disciplinario. La decisión confirma la sentencia del Juzgado de lo Social nº 2 de Guadalajara (abril de 2024). ¿La base? Retrasos en el servicio, paradas de unos 20 minutos en churrerías y cafeterías, a veces con pacientes a bordo, y un episodio de conducción a 143 km/h para recuperar tiempo perdido. El tribunal no aprecia vulneración de derechos fundamentales ligada a su actividad sindical.
El Tribunal Superior de Justicia confirma el despido disciplinario por infracciones graves y sostiene la proporcionalidad de la medida
La empresa, dedicada al transporte sanitario por carretera con contratos con el SESCAM, justificó la sanción en incumplimientos reiterados que afectaron a la calidad y seguridad del servicio. El TSJ respalda que esas conductas constituyen transgresiones graves de la buena fe contractual, base suficiente para el despido disciplinario según la normativa laboral y el convenio aplicable. En consecuencia, la decisión de primera instancia queda íntegramente ratificada.
Los hechos probados incluyen retrasos, paradas de veinte minutos y exceso de velocidad con riesgo para pacientes
Los incidentes se concentraron entre marzo y abril de 2023. Hubo retrasos en la recogida de pacientes, advertencias previas por no realizar controles del vehículo y paradas no autorizadas de unos 20 minutos. El 12 de abril de 2023 el trabajador inició su turno a las 8:20 en lugar de las 8:00 y llegó a circular a 143 km/h. ¿Hace falta decir que esto entraña un riesgo evidente?
Antes de ver el calendario del caso, aquí van las claves alegadas por la empresa:
- Retraso en la recogida de un paciente en marzo de 2023.
 - Paradas no autorizadas de unos 20 minutos en cafeterías y churrerías, con o sin enfermos a bordo.
 - Incumplimiento de controles necesarios del vehículo.
 - Inicio del turno el 12 de abril de 2023 a las 8:20 en vez de a las 8:00.
 - Conducción a 143 km/h para recuperar el tiempo perdido.
 
Por lo tanto, el órgano judicial considera que la reiteración y la gravedad de los hechos rompen la confianza necesaria en este tipo de servicio esencial.
La defensa sindical y la reclamación de horas extra no convencen al tribunal al no ver indicios suficientes de represalias
El trabajador sostuvo que el despido respondía a su actividad en el sindicato USO y a reclamaciones por horas extraordinarias y cambios de jornada. La empresa negó ese móvil y lo atribuyó a conductas objetivas y graves. El TSJ desestima la existencia de persecución sindical: no aprecia un nexo causal ni indicios sólidos de vulneración de derechos fundamentales. En consecuencia, tampoco procede la nulidad solicitada ni la indemnización de 35.000 euros.
Qué aporta esta resolución para empresas y trabajadores del transporte sanitario y por qué marca un precedente práctico
El fallo refuerza un mensaje claro: en servicios críticos, la seguridad y la puntualidad son innegociables. Si se rompen de forma grave y acreditada, la empresa puede acudir al despido disciplinario. Ahora bien, también recuerda que el control judicial existe y que el análisis depende de hechos probados. ¿Trabajas en el sector? Cumplir protocolos y horarios no es un formalismo, es proteger al paciente.
A continuación, un resumen temporal para situar el caso en su línea de tiempo. Sirve para entender cómo se valoraron los hechos y las resoluciones.
| Fecha | Hito del procedimiento o hecho relevante | 
|---|---|
| Marzo de 2023 | Retraso en la recogida de un paciente | 
| 12/04/2023 | Inicio de turno a las 8:20 y circulación a 143 km/h | 
| 29/05/2023 | Comunicación del despido disciplinario | 
| 31/05/2023 | Efectos del despido | 
| Abril de 2024 | Sentencia del Juzgado de lo Social nº 2 de Guadalajara confirmando el despido | 
| — | El TSJ de Castilla-La Mancha desestima el recurso y ratifica el despido | 
Por consiguiente, la resolución traza una guía de comportamiento: evitar retrasos injustificados, no realizar paradas ajenas al servicio y respetar estrictamente las normas de circulación. De ahí que el tribunal hable de transgresiones graves de la buena fe contractual en un contexto sanitario especialmente sensible.
