Nueva ayuda autonómica de 525 euros para pensionistas que viven de alquiler y que se encuentren en esta lista

La Comunidad de Madrid ha confirmado una ayuda anual de 525 euros para quienes cobran una pensión no contributiva de jubilación o invalidez, viven de alquiler y no tienen vivienda en propiedad. Podrá pedirse a partir de 2026.

Esta paga se suma a otras ayudas autonómicas, como las de electrodomésticos o para familias con hijos, dirigidas a proteger a los pensionistas madrileños.

La nueva ayuda de 525 euros para pensionistas no contributivos que viven de alquiler en la Comunidad de Madrid

El complemento es un pago anual de 525 euros para personas con pensión no contributiva de jubilación o invalidez, que sean inquilinas, sin casa propia y con la vivienda alquilada como domicilio habitual. Un extra para ayudar a llegar a fin de mes, que nunca viene mal.

Según las previsiones, unas 2.500 personas que ya reciben un complemento estatal sin revalorización podrán beneficiarse de esta cuantía. La ayuda autonómica se suma al complemento que el Estado abona desde 2007 a pensionistas no contributivos sin casa propia que viven de alquiler y no tienen relación familiar ni de pareja con el propietario.

¿Qué pasa cuando en una misma vivienda conviven varios pensionistas no contributivos madrileños? Cuando en una vivienda conviven varios beneficiarios de pensiones no contributivas, la ayuda solo podrá reconocerla el titular del contrato de arrendamiento. Si el contrato está firmado por más de una persona, el complemento se dirigirá a quien aparezca en primer lugar.

Requisitos esenciales para solicitar la ayuda madrileña de 525 euros al alquiler

Para acceder a la ayuda, la persona solicitante debe ser beneficiaria de una pensión no contributiva de jubilación o invalidez tanto al presentar la solicitud como al dictarse la resolución, no tener vivienda en propiedad y figurar como arrendataria titular del contrato de alquiler.

Además, la vivienda alquilada debe ser el domicilio habitual y el contrato tener una duración mínima de un año. También es necesario haber residido allí al menos 180 días antes de pedir la ayuda y no mantener parentesco hasta tercer grado ni relación de pareja con el propietario. El alquiler debe corresponder a una vivienda completa, quedando fuera locales, garajes o habitaciones alquiladas de forma independiente. Para verlo de un vistazo, estos son los puntos básicos de la ayuda:

Aspecto de la ayudaInformación principal del complemento de alquiler
Importe anual525 euros para pensionistas con pensión no contributiva
Tipo de pensiónJubilación o invalidez no contributiva
ViviendaSin casa propia y contrato de alquiler en vigor
Domicilio y residenciaVivienda habitual y al menos 180 días viviendo en ella

Plazos para pedir la ayuda y cómo será el procedimiento de tramitación en la Comunidad de Madrid

Las solicitudes deberán presentarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año correspondiente, de modo que los pensionistas dispondrán de todo ese periodo para pedir el complemento.

Una vez presentada la solicitud, todas las notificaciones se realizarán por vía electrónica a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. La persona solicitante deberá contar con una dirección electrónica habilitada, donde recibirá avisos y podrá aportar documentación si la administración la solicita. También podrá consultar la situación del expediente en el servicio habilitado para el seguimiento del trámite. ¿Y qué puntos hay que tener especialmente presentes durante la tramitación?

  • Plazo: del 1 de enero al 31 de diciembre.
  • Comunicaciones: siempre por medios electrónicos mediante dirección electrónica habilitada.
  • Resolución: máximo de tres meses, con silencio administrativo desestimatorio si no hay respuesta.

En definitiva, esta ayuda de 525 euros al alquiler supone un respiro para muchos pensionistas madrileños sin vivienda propia que viven de alquiler. No soluciona todos los problemas, pero puede ayudar a llegar algo más desahogado a final de mes.

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