Los propietarios con pisos alquilados podrán ahorrar en la Renta si cumplen este requisito clave de la Ley de Vivienda

La campaña de la Renta arranca este 8 de abril de 2026 y muchos propietarios con viviendas alquiladas pueden rebajar de forma notable el resultado de su declaración. La clave está en cumplir una serie de requisitos previstos en la Ley de Vivienda.

Con el inicio de la declaración correspondiente al ejercicio 2025, conviene revisar con calma qué deducciones pueden aplicarse los contribuyentes. En el caso de los caseros, la normativa contempla reducciones que van del 50% al 90%, una diferencia que, dicho claro, puede notarse y mucho en el bolsillo.

Qué caseros pueden aplicar la deducción del alquiler en la Renta 2025

Los propietarios que tengan un piso alquilado pueden acceder a incentivos fiscales si cumplen las condiciones fijadas por la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda. Esta norma recoge beneficios para los inmuebles destinados a vivienda, en un contexto marcado por los altos precios del mercado y la dificultad para encontrar alquileres asequibles. Además, hay que recordar que si los inquilinos no terminan el año de contrato, igualmente habrá que devolverle la fianza.

Ahora bien, ¿quién puede beneficiarse de la deducción más alta? No basta con tener una vivienda arrendada. Para llegar al 90%, el nuevo contrato debe firmarse en una zona de mercado residencial tensionado y, además, incluir una rebaja de al menos un 5% respecto al contrato anterior.

Cuáles son los porcentajes de deducción del alquiler según la Ley de Vivienda

La norma distingue varios supuestos. Antes de hacer el borrador de la Renta, conviene tenerlos presentes para saber qué reducción encaja en cada caso:

  • Deducción general del 50%: para los nuevos contratos de arrendamiento.
  • Deducción de hasta el 90%: cuando se firmen nuevos contratos en zonas de mercado residencial tensionado con una reducción de al menos un 5% sobre el contrato anterior.
  • Deducción del 70%: cuando se incorporen al mercado viviendas destinadas al alquiler en zonas tensionadas y se alquilen a jóvenes de entre 18 y 35 años; también en vivienda asequible incentivada o protegida, arrendada a la administración pública o a entidades del tercer sector o de la economía social sin ánimo de lucro, o acogida a algún programa público de vivienda que limite la renta.
  • Deducción del 60%: cuando se hayan realizado obras de rehabilitación en los dos años anteriores.

Por tanto, no todos los arrendadores podrán aplicar la reducción máxima, aunque sí existe un abanico amplio de deducciones según las circunstancias del contrato y del inmueble.

El requisito clave para deducirse hasta un 90% del alquiler declarado

El punto decisivo está en la combinación de dos factores: que la vivienda se encuentre en una zona de mercado residencial tensionado y que el nuevo alquiler rebaje al menos un 5% la renta anterior. De ahí que revisar bien el contrato sea fundamental antes de presentar la declaración.

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