José Antonio, despedido en 2009, sostiene que su jubilación anticipada se calculó con 15 años en lugar de 25 y que pierde 600 euros al mes de forma permanente.
La reclamación parte de un caso concreto: José Antonio pidió la jubilación anticipada a los 61 años y vio reconocida una pensión de 1.639,66 euros, que tras las retenciones de IRPF quedó en 1.450,61. Asegura que debía rondar los 2.100 euros y que un fallo en el cálculo le resta 600 euros mensuales de por vida.
El sistema permite jubilación anticipada involuntaria con coeficientes reductores que se mantienen de por vida
El sistema público de pensiones en España contempla la jubilación anticipada involuntaria para quienes pierden el empleo por causas ajenas a su voluntad. Esta vía aplica coeficientes reductores que pueden alcanzar hasta el 30% del importe de la pensión y se mantienen durante toda la vida del beneficiario. ¿Sabías que estos porcentajes pesan para siempre en la nómina de la pensión?
En 2009, con 53 años y tras agotar el paro, José Antonio suscribió un Convenio Especial con la Seguridad Social. Afirma que, por recomendación de un funcionario, pagó 400 euros al mes para sostener su base de cotización y acercarse a una prestación futura de unos 2.100 euros. Sin embargo, al tramitar la jubilación anticipada a los 61, denuncia que el cálculo se hizo con los últimos 15 años cotizados y no con los 25 que marcaba la normativa, dejando fuera sus bases más altas. ¿Te imaginas descubrir un desfase así tras toda una vida de trabajo?
Resumen de importes declarados por el afectado:
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Pensión estimada orientativa | 2.100,00 € |
| Pensión reconocida (bruta) | 1.639,66 € |
| Pensión tras IRPF | 1.450,61 € |
| Pérdida mensual declarada | 600,00 € |
| Pérdida anual declarada | 7.200,00 € |
Para ubicar el caso de un vistazo, estos son los datos clave aportados por el afectado y su entorno administrativo:
- Despido en 2009 con 53 años y suscripción de Convenio Especial (400 euros/mes) para mantener la base de cotización; previsión orientativa de 2.100 euros de pensión futura; solicitud de jubilación a los 61; pensión reconocida de 1.639,66 euros (1.450,61 tras IRPF); cálculo sobre 15 y no 25 años, según denuncia; pérdida mensual declarada de 600 euros con reducción ligada a la jubilación anticipada.
En la práctica, el resultado es un recorte que, de confirmarse, afectaría a toda su vida como pensionista. No es poca cosa.
Cómo se solicitó la revisión ante la Seguridad Social y qué respondió el organismo provincial competente
Tras detectar la irregularidad, José Antonio acudió a una oficina de la Seguridad Social para pedir revisión del expediente. Afirma que el funcionario reconoció el fallo, pero la situación no cambió. Posteriormente, elevó el caso a la Dirección Provincial de la Seguridad Social. Según su versión, el secretario señaló que la ley vigente no permitía modificar el recorte derivado de la jubilación anticipada. En consecuencia, el afectado mantiene su queja y reclama que se tenga en cuenta el periodo de 25 años para el cálculo.
Si te ves en una situación similar, conviene revisar con lupa los años computados (15 frente a 25 en este caso), contrastar las bases de cotización consideradas y comprobar cómo impacta el Convenio Especial en la base reguladora. A partir de ahí, el paso natural es solicitar una revisión del expediente en la oficina de la Seguridad Social y, si no se corrige, exponerlo ante la Dirección Provincial, tal y como hizo el afectado. ¿El objetivo? Aclarar el periodo de cómputo y el efecto de los coeficientes reductores asociados a la anticipación.
José Antonio resume su malestar con una frase que duele leer: “Empecé a trabajar con 14 años y con 50 ya nadie me contrataba. Ahora pierdo 600 euros al mes, 7.200 al año, y será así de por vida”.
