La Seguridad Social recortará las jubilaciones que rebasen la pensión máxima en 2025

La Ley General de la Seguridad Social introduce, para el próximo año, un límite infranqueable: ninguna pensión contributiva podrá cobrar más de 3.267,60 € al mes (45.746,40 € anuales). Cuando la cuantía inicial, una vez aplicada la fórmula de cálculo, exceda ese tope, la prestación se reducirá hasta igualarlo.

La medida afecta tanto a quienes cobren una única pensión como a quienes acumulen varias. Además, quienes se jubilen antes de la edad ordinaria sufrirán un “doble recorte”: primero el coeficiente reductor habitual y, si todavía quedará por encima del máximo, un ajuste adicional.

Requisitos imprescindibles para cobrar la pensión máxima de jubilación en 2025 sin sufrir recortes

Para aspirar al importe íntegro, el trabajador debe acreditar dos condiciones simultáneas. ¿Cumples ambas?

  1. Base de cotización suficiente. Durante los 25 años previos es necesario haber cotizado, como mínimo, 3.816,20 € al mes. Esa cifra, multiplicada por 300 bases y dividida entre 350, forma la base reguladora.
  2. Carrera completa de cotización. En 2025 y 2026 se exigen 36 años y seis meses; a partir de 2027 serán 37 años. Con menos tiempo, se cobra un porcentaje inferior y, para alcanzar la paga máxima, haría falta una base reguladora todavía más alta.

Cómo aplica la Seguridad Social los coeficientes reductores y el doble recorte en las jubilaciones anticipadas

Cuando la retirada se produce antes de la edad legal, la Seguridad Social impone un coeficiente que puede llegar al 30 %. Si, pese a esa penalización, la pensión sigue por encima del tope, la normativa (disposición transitoria trigésima cuarta de la Ley 21/2021) ordena un segundo ajuste hasta encajarla dentro del límite. Por tanto, adelantar la jubilación no solo reduce el porcentaje aplicado a la base reguladora; también puede rebajar la cuantía final dos veces.

Pregunta clave: ¿merece la pena jubilarse antes si tu cálculo supera con holgura la pensión máxima? La respuesta depende del ahorro personal y de la tarifa final tras ambos recortes. A continuación te mostramos la documentación básica que hay que presentar para tramitar la pensión:

  • DNI o NIE en vigor
  • Certificados de empresa de los últimos 25 años
  • Informe de vida laboral actualizado
  • Formulario oficial de solicitud de jubilación
  • Número de cuenta bancaria para el ingreso de la prestación

A continuación se muestran dos situaciones frecuentes y el ajuste que aplica el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS):

Situación analizadaPensión calculada antes del topeRecorte mensual aplicado
Base reguladora de 4.200 € con derecho al 100 %4.200 €932,40 €
Dos pensiones: incapacidad permanente (1.800 €) + jubilación (1.500 €)3.300 €32,40 €

En el primer caso, el trabajador perdería 13.053,60 € al año (incluyendo pagas extra). En el segundo, la rebaja es mucho menor, pero se repite cada nómina.

Formas legales de superar el tope máximo gracias al complemento de género o a la jubilación demorada

Existe una excepción notable: el complemento para la reducción de la brecha de género. Añade una cuantía por cada hijo (hasta cuatro) y no está limitado por la pensión máxima. De ahí que muchas mujeres puedan ingresar más de 3.267,60 € al mes.

Por otro lado, quienes pospongan su jubilación más allá de la edad ordinaria obtienen un incentivo del 4 % por cada año adicional. Si el cálculo ya alcanzó el techo, el plus no se suma a la mensualidad; el beneficiario elige entre cobrarlo como pago único o como extra anual. ¿El resultado? La paga mensual sigue en el máximo, pero los ingresos totales superan ese umbral, mejorando la rentabilidad a largo plazo.

Deja un comentario