La Agencia Tributaria ampliará la información fiscal que envía al INSS para gestionar el Ingreso Mínimo Vital y distintas pensiones, reforzando a la vez los controles de seguridad y confidencialidad de los datos.
El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y la Agencia Tributaria (AEAT) han acordado extender hasta el 31 de marzo de 2030 el convenio de colaboración que regula el intercambio de información entre ambos organismos, con una ampliación de los datos que podrán cruzarse para reconocer y controlar distintas prestaciones públicas. La decisión aparece recogida en una adenda de modificación y prórroga publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Cómo afecta la prórroga del convenio de datos a pensiones, Ingreso Mínimo Vital y otras ayudas
El convenio entre Hacienda y la Seguridad Social está vigente desde el 30 de marzo de 2022 y establece un sistema estable y periódico de suministro de información entre ambas administraciones. En junio de 2023 ya se introdujo una primera modificación para incorporar nuevos datos sobre los perceptores del complemento de ayuda a la infancia vinculado al Ingreso Mínimo Vital (IMV).
Con la nueva prórroga, además de alargarse la duración del acuerdo cuatro años más, se amplía el contenido del intercambio de datos. El objetivo es reforzar el reconocimiento y el control de las prestaciones públicas, en un contexto en el que los trámites son cada vez más complejos y están más digitalizados.
En la práctica, esto se traduce en que la Agencia Tributaria facilitará más información fiscal al INSS, mientras que la Seguridad Social también enviará nuevos ficheros de datos a Hacienda. ¿Qué implica todo esto para las personas que cobran una pensión o el IMV? Básicamente, más comprobaciones de ingresos y situación familiar, pero también más garantías de que las ayudas llegan a quien realmente cumple los requisitos.
Qué información compartirá Hacienda con el INSS para comprobar requisitos y controlar prestaciones
Entre las principales novedades, la Agencia Tributaria deberá suministrar al INSS información del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para reconocer y controlar la prestación económica por nacimiento o adopción en casos de familias numerosas, monoparentales o cuando el progenitor tenga una discapacidad. Además, se prevé que Hacienda pueda aportar datos tributarios para la gestión de otras prestaciones y procedimientos distintos de los inicialmente previstos, siempre que la normativa lo permita.
El cruce de datos fiscales también se utilizará en trámites relacionados con pensiones de jubilación, viudedad, orfandad o incapacidad permanente, así como en la gestión del Ingreso Mínimo Vital, las pensiones mínimas, la tarjeta social digital o la asignación económica por hijo menor a cargo no discapacitado. En el ámbito de la contratación, y a petición del INSS, la Agencia Tributaria podrá informar sobre el Impuesto de Actividades Económicas o sobre si el solicitante está al corriente de sus obligaciones tributarias. De forma resumida, el cruce de información se aplicará especialmente a:
- Pensiones de jubilación, viudedad, orfandad e incapacidad permanente, el Ingreso Mínimo Vital, las pensiones mínimas, la tarjeta social digital, la prestación económica por nacimiento o adopción en determinados supuestos familiares, la asignación por hijo menor a cargo no discapacitado y procedimientos de contratación ligados al Impuesto de Actividades Económicas y al cumplimiento de obligaciones tributarias.
Esto quiere decir que, cuando una persona pida una prestación o ya la esté cobrando, Hacienda y la Seguridad Social podrán contrastar de forma más precisa sus datos fiscales, su situación familiar y su actividad económica. De ahí que resulte clave mantener toda la información actualizada y decir siempre la verdad en las solicitudes; al fin y al cabo, más vale evitar problemas que tener que dar explicaciones después.
Más controles de seguridad y confidencialidad para proteger los datos personales de los beneficiarios
La adenda no solo amplía el intercambio de datos, también refuerza las garantías en materia de protección de datos y seguridad. Por su parte, el INSS remitirá mensualmente a la Agencia Tributaria el fichero de fallecimientos de pensionistas no residentes y datos relacionados con el complemento de ayuda a la infancia, incluyendo el NIF del titular y de los miembros de la unidad de convivencia.
El texto establece que la obligación de confidencialidad de autoridades y funcionarios sobre la información suministrada “continuará vigente incluso después de la extinción del convenio”, lo que refuerza el carácter permanente del deber de sigilo. Además, se añaden mecanismos de control para evitar accesos indebidos a datos tributarios por parte de funcionarios autorizados, especialmente en casos que no se ajusten a la finalidad del convenio o en los que pueda existir conflicto de interés. Para entender mejor qué medidas contempla la adenda, se puede resumir en el siguiente cuadro:
| Situación | Medidas previstas en el convenio prorrogado |
|---|---|
| Uso de información fiscal fuera de la finalidad del convenio | Apertura de diligencias informativas y, en su caso, exigencia de responsabilidades disciplinarias o administrativas, con traslado a la autoridad judicial |
| Confidencialidad de autoridades y funcionarios | Obligación de sigilo que “continuará vigente incluso después de la extinción del convenio” |
| Detección de anomalías o brechas de seguridad en el suministro de datos | Posibilidad de suspender o limitar temporalmente el envío de información hasta aclarar la situación o adoptar las medidas oportunas |
El convenio permite suspender o limitar temporalmente el suministro de datos cuando se detecten anomalías en su custodia o uso, o en caso de brecha de seguridad, hasta que la situación quede completamente aclarada o se adopten las medidas necesarias. ¿Supone esto más controles o también más seguridad para quien cumple las normas? En realidad, las dos cosas: se refuerza la lucha contra fraudes y cobros indebidos y, al mismo tiempo, se blindan las garantías de protección de datos personales.
La ampliación del intercambio de información se encuadra en la estrategia del Gobierno de reforzar los mecanismos de control en el acceso a prestaciones sociales. El cruce sistemático de datos fiscales y de Seguridad Social permite verificar ingresos, situación familiar y obligaciones tributarias, elementos clave para determinar el derecho a determinadas ayudas, sin perder de vista la necesidad de respetar la confidencialidad de información especialmente sensible. Dicho de forma coloquial, se aprietan las tuercas a los fraudes, pero sin dejar desprotegida la privacidad de quienes están haciendo las cosas bien.
Con esta prórroga, Hacienda y la Seguridad Social consolidan un instrumento de cooperación administrativa que se ha convertido en pieza central para comprobar los derechos y obligaciones de millones de ciudadanos que se relacionan con el sistema tributario y con el sistema de prestaciones públicas.
