La próxima campaña de la Renta introduce cambios importantes para quienes cobran el SMI, los artistas con ingresos excepcionales y los contribuyentes que se benefician de deducciones autonómicas, además de facilitar la anulación de la declaración a quienes no están obligados a presentarla.
El Ministerio de Hacienda ha publicado el borrador del nuevo modelo de declaración del IRPF, que estará en audiencia e información pública hasta el 16 de febrero, y que se usará en la campaña de la Renta de 2025, prevista del 8 de abril al 30 de junio de 2026, ambos incluidos.
Cómo funciona la nueva deducción del SMI en la declaración de la Renta 2025
Una de las grandes novedades es la deducción de 340 euros para quienes cobren el Salario Mínimo Interprofesional. Los ciudadanos con un SMI de 16.576 euros en 2025 podrán recuperar las retenciones que la empresa les practicó en la nómina a lo largo del año pasado.
Además, esta deducción se aplicará de forma gradual a salarios de hasta 18.276 euros para evitar los conocidos “errores de salto”, de manera que no haya grandes diferencias de tributación por pequeñas variaciones de ingresos. ¿Cobras cerca del SMI y dudas de cómo te puede afectar? Conviene revisar con detalle el borrador cuando se active la campaña.
Otra novedad relevante es la inclusión de 15 páginas específicas donde se desgranan todas las deducciones autonómicas. Así, será más sencillo ver qué ayudas se pueden aplicar por nacimiento o adopción, guardería, material escolar, vivienda, reformas, gastos veterinarios y otras situaciones recogidas por cada comunidad autónoma. A modo orientativo, estas son algunas de las deducciones autonómicas que podrán consultarse de forma desglosada:
- Nacimiento o adopción, guardería, material escolar, vivienda habitual, reformas en casa y gastos veterinarios, entre otras ayudas aprobadas por las comunidades autónomas.
De esta forma, el contribuyente tendrá a mano un mapa mucho más claro de los beneficios fiscales que le corresponden según su lugar de residencia.
Deducciones autonómicas, ayudas a artistas y reforma de ingresos extraordinarios
El borrador incluye por primera vez una reducción específica para artistas con ingresos excepcionales. Cuando las ganancias del último año superen en más de un 130% la media de los últimos tres ejercicios, se podrá aplicar una reducción del 30% sobre el exceso. Esta medida está ligada a la norma aprobada en diciembre de 2024 que también incorporó el impuesto mínimo del 15% para las grandes compañías.
En paralelo, la Agencia Tributaria introduce una nueva casilla, la 125, pensada para quienes presentan la declaración sin estar obligados y luego ven que les sale a pagar. Si se arrepienten, podrán solicitar de forma sencilla la nulidad de la autoliquidación durante el periodo voluntario, que va del 8 de abril al 30 de junio de 2026. Más vale marcar una casilla a tiempo que llevarse un susto innecesario.
Conviene recordar que no están obligados a declarar quienes cobren menos de 22.000 euros al año de un solo pagador o, si tienen dos o más, menos de 15.876 euros anuales. Sin embargo, si quieren aplicar deducciones como maternidad y guardería, familia numerosa o discapacidad, sí tendrán que presentar la Renta para poder beneficiarse.
Nulidad de declaración, juego, vehículos eléctricos, reformas y otros cambios clave
La campaña de la Renta de 2025 mantiene la obligación de declarar para quienes hayan trabajado como autónomos, sin importar el nivel de ingresos, así como para los perceptores del Ingreso Mínimo Vital y los convivientes.
Además, se refuerza la obligación de declarar ganancias del juego, diferenciando entre premios con fines publicitarios (como sorteos y rifas promocionales, habituales en redes sociales) y los que no tienen fin publicitario, como los de Loterías, ONCE o Cruz Roja. También se regulan deducciones ligadas a la transición energética y las reformas del hogar.
| Concepto | Porcentaje deducible | Límite máximo del gasto deducible |
|---|---|---|
| Compra de vehículo eléctrico enchufable | 15% | 20.000 euros |
| Instalación de punto de recarga en inmueble | 15% | 4.000 euros |
| Reformas que bajen un 7% calefacción/frío | 20% | 5.000 euros |
| Reformas con reducción del 30% o certificado A o B | 40% | 7.500 euros |
No obstante, el Congreso ha tumbado el Real Decreto-ley de diciembre que incluía estas deducciones por coches eléctricos y obras, aunque se señala que es previsible que el Ejecutivo las vuelva a impulsar mediante otro Real Decreto-ley o en una futura ley. ¿Te has comprado un coche eléctrico o estás pensando en reformar tu casa? En este contexto, será clave comprobar finalmente qué texto entra en vigor.
Por último, el pago del resultado a ingresar se podrá fraccionar: un 60% hasta el 30 de junio y el 40% restante hasta el 5 de noviembre (o hasta el 2 de noviembre si se domicilia). El contribuyente podrá abonar a Hacienda mediante transferencia, tarjeta o Bizum, entre otras modalidades.
