Si estás cobrando la prestación contributiva por desempleo y llega un bebé, tu ayuda queda en pausa para que percibas el 100 % de la base reguladora durante el nacimiento y cuidado de menor.
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) suspenderá automáticamente el paro cuando la persona beneficiaria se convierta en padre o madre y pase a cobrar la prestación por nacimiento, adopción, guarda o acogimiento que abona la Seguridad Social. La medida dura 16 semanas y no resta días de derecho al desempleo: una vez finalice, el paro se reanuda donde se quedó.
El artículo 282 de la Ley General de la Seguridad Social deja claro que dos prestaciones contributivas no pueden convivir. Por eso, el artículo 284 actúa: si percibes el paro y te encuentras en situación de nacimiento o cuidado de menor, el SEPE suspende tu ayuda para que cobres el permiso al 100 % de tu base reguladora.
¿Sabías que esta base es la media de tus cotizaciones de los últimos 180 días? De ahí que su cuantía sea, habitualmente, superior al 70 % o 60 % que paga el paro a partir del séptimo mes.
Pasos y requisitos para suspender el paro y cobrar la prestación por nacimiento completa
Antes de que corras a la oficina de empleo, conviene organizarse. ¡Ojo! No cumplir un trámite a tiempo puede retrasar el cobro del permiso.
Lista única de gestiones imprescindibles:
- Comunicar al SEPE el nacimiento, adopción, guarda o acogimiento para que paralice el paro.
- Solicitar la prestación por nacimiento y cuidado de menor ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
- Aportar DNI, libro de familia o resolución administrativa, certificado de empresa y el formulario oficial.
- Esperar resolución: el pago corresponde a la Seguridad Social durante 16 semanas ininterrumpidas.
- Finalizado el permiso, pedir al SEPE la reanudación del paro; seguirás cobrando los días que quedaban.
Como ves, los organismos trabajan coordinados, pero tú eres quien debe iniciar cada solicitud.
Ejemplos que muestran cómo se pausa y se reanuda el desempleo tras ser padre o madre
Para que no queden dudas, mira estos casos prácticos:
Situación previa | Qué ocurre al nacer/adoptar | Quién paga durante 16 semanas | Qué pasa después |
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Ana cobra 12 meses de paro y lleva 3 meses percibidos | El SEPE suspende su prestación contributiva | INSS: 100 % base reguladora | Vuelve al SEPE con 9 meses intactos |
Carlos recibe un subsidio para mayores de 52 años | No se suspende el subsidio (no cotiza) | SEPE sigue abonando la misma cuantía | Continúa igual tras el permiso |
En ambos supuestos el control de la demanda de empleo se detiene, pero hay diferencias cruciales: la incompatibilidad afecta solo a prestaciones contributivas, no a subsidios.
Por otro lado, si cobras un subsidio asistencial (mayores de 52 años, agotamiento del paro, etc.) mantener la ayuda es compatible con el permiso. Tu única obligación es avisar a la oficina de empleo para que congelen las exigencias de búsqueda activa mientras cuidas al menor.
¿Cuánto se cobra y durante cuánto tiempo?
La Seguridad Social paga el 100 % de la base reguladora durante 16 semanas. No hay tramos decrecientes como en el paro. Además, este tiempo no reduce tu contador de días de desempleo: al reactivar la prestación, continuarás con la misma duración y nivel de protección.
Ten a mano los certificados de cotización, la resolución de guarda, el DNI del otro progenitor y, si procede, el justificante de suspensión del paro. Así evitarás idas y venidas que alarguen el proceso. En definitiva, la ley protege tu derecho a percibir la ayuda más ventajosa cuando amplías la familia. Por tanto, si estás en paro y llega un bebé, no perderás dinero ni tiempo de prestación: simplemente cambiarás de pagador durante cuatro meses y luego retomarás tu ayuda habitual. ¿Todo listo para dar el paso?