En cuanto un Juzgado de lo Social declara que un despido es improcedente, el Estatuto de los Trabajadores obliga a la empresa a tomar una decisión rápida. Dispone de cinco días para elegir entre readmitir al empleado o abonarle una indemnización económica. Ese plazo se cuenta desde la notificación de la sentencia y, aunque parezca breve, no es poca cosa.
Quién tiene derecho a indemnización por despido improcedente y en qué casos
La protección arranca cuando un Juzgado de lo Social declara que el despido es improcedente. Desde ese momento se activa uno de los mecanismos de protección más importantes del Estatuto de los Trabajadores.
¿Quién decide entonces qué ocurre con el puesto de trabajo tras la sentencia? Como regla general, la opción corresponde a la empresa, que puede escoger entre readmitir al trabajador o extinguir la relación laboral pagando una indemnización. Si la persona despedida es representante legal de los trabajadores, como un delegado de personal o un miembro del comité de empresa, el derecho de elegir pasa al propio trabajador.
Plazo de cinco días para que la empresa elija indemnización o readmisión
El artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores es claro: el empresario dispone de cinco días para optar entre readmitir o indemnizar.
El propio Estatuto de los Trabajadores lo resume con una fórmula muy sencilla: «La empresa tiene 5 días para abonar una indemnización por despido». Por tanto, la empresa no puede alargar indefinidamente la decisión ni dejar al trabajador en el aire. Para ver de un vistazo qué implica cada camino, estas son las dos alternativas que se abren tras un despido declarado improcedente:
| Opción de la empresa | Qué supone en la práctica | Efectos principales para el trabajador |
|---|---|---|
| Readmisión | Reincorporación al mismo puesto y con las mismas condiciones salariales y laborales que antes del despido | Cobro de salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta la reincorporación efectiva o la notificación de la sentencia |
| Indemnización | Extinción definitiva de la relación laboral a cambio de un pago económico | Percepción de una indemnización económica según la regulación vigente |
¿Qué pasa si la empresa guarda silencio y deja pasar esos cinco días sin decir nada? La jurisprudencia y la normativa procesal entienden que, si el empresario no ejerce la opción, se considera que ha optado por la readmisión. Ahora bien, para que esa readmisión sea válida no basta con anunciarla; la empresa debe cumplir ciertos requisitos formales. Entre las exigencias mínimas que deben respetarse destacan las siguientes:
- Comunicar por escrito la decisión de readmitir al trabajador.
- Realizar esa notificación dentro de los diez días siguientes a la sentencia.
- Indicar la fecha concreta de reincorporación con un mínimo de tres días de preaviso.
Si estos requisitos se incumplen, los tribunales pueden considerar la readmisión irregular y transformar la relación en una extinción indemnizada con salarios adicionales. Una readmisión mal ejecutada puede terminar saliendo muy cara a la empresa.
Cómo se calcula la indemnización por despido improcedente según Estatuto de los Trabajadores
Si la empresa prefiere no readmitir al trabajador, la ley le permite extinguir definitivamente la relación laboral mediante el pago de una indemnización. En la regulación actual, la cuantía general se calcula a razón de 33 días de salario por año de servicio, prorrateando los periodos inferiores al año y con un tope de veinticuatro mensualidades.
Esa cifra de 33 días por año llegó con la reforma laboral de 2012, que rebajó la antigua indemnización de 45 días para los contratos indefinidos. Para la antigüedad generada antes de esa fecha puede seguir aplicándose un tramo calculado a 45 días, conforme a las reglas transitorias.
En definitiva, el despido improcedente activa un conjunto de garantías que limitan la libertad de decisión de la empresa y dan al trabajador una protección concreta. Entre la readmisión con salarios de tramitación y la indemnización económica existen plazos claros, opciones definidas y consecuencias tasadas por la ley.
