Confirmado: ya hay fecha para solicitar la nueva ayuda de 300 euros para familias con hijos en Jijona (Alicante)

El Ayuntamiento de Jijona (Xixona) lanza una convocatoria de Ayudas a la Natalidad y Adopción para fomentar el empadronamiento y apoyar a las familias del municipio. La prestación, de importe único de 300 € por cada hijo nacido o adoptado, se abonará por transferencia bancaria a la persona beneficiaria y es compatible con otras ayudas públicas. Podrán acogerse los nacimientos y adopciones ocurridos entre el 1 de diciembre de 2024 y el 30 de noviembre de 2025, y el plazo de solicitud permanecerá abierto del 1 al 9 de diciembre de 2025.

Beneficiarios y requisitos de solicitud

Podrá ser beneficiaria la madre en caso de nacimiento; si hubiera fallecimiento, el derecho pasará al otro progenitor. En adopciones por pareja de distinto sexo, la beneficiaria será la mujer, y, en caso de fallecimiento, el otro adoptante. En adopciones por pareja del mismo sexo, será beneficiaria la persona designada de común acuerdo y comunicada al Ayuntamiento. En adopción individual, la persona adoptante; no podrá ser beneficiario un adoptante único si subsiste la patria potestad de alguno de los progenitores.

Requisitos (única lista):

  • Residencia legal, efectiva y continuada y estar empadronado/a en Xixona con al menos 6 meses de antelación al nacimiento o adopción.
  • El recién nacido o adoptado deberá mantener el empadronamiento en Xixona durante 1 año.
  • Estar al corriente de las obligaciones económicas municipales y tributarias.
  • Presentar la declaración responsable correspondiente.

Documentación y cómo presentar la solicitud

El trámite se realiza ante el Ayuntamiento de Jijona dentro del plazo fijado. Deberá presentarse la solicitud oficial debidamente cumplimentada y firmada, junto con NIF/NIE (o documento equivalente) de la persona solicitante y, en su caso, tarjeta de residencia. Para acreditar el hecho causante, se aportará certificado literal de nacimiento o libro de familia (nacimiento) o auto judicial, resolución administrativa o certificado de inscripción en el Registro Civil (adopción).

Se añadirá, además, la declaración responsable de cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. La ayuda se abona en un único pago por transferencia a la persona beneficiaria. No se contemplan gastos específicos a justificar: se trata de una cuantía a tanto alzado condicionada al crédito presupuestario municipal disponible.

Cuantía, plazos y resolución

La ayuda asciende a 300 € por cada hijo nacido o adoptado dentro del periodo elegible (1/12/2024–30/11/2025). El plazo de presentación de solicitudes será del 1 al 9 de diciembre de 2025. La Concejalía de Servicios Sociales dictará resolución en un máximo de tres meses desde la solicitud; el silencio administrativo tendrá efecto desestimatorio. La convocatoria es compatible con otras prestaciones de cualquier administración y está supeditada a disponibilidad presupuestaria. Si cumples los requisitos y el hecho causante entra en fechas, prepara la documentación y registra tu solicitud dentro del plazo para acceder a esta ayuda municipal.

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