El Ayuntamiento abre el plazo hasta el 6 de marzo de 2026 para solicitar el “Cheque-Bebé”, una ayuda municipal pensada para apoyar a las familias con hijos nacidos o adoptados entre 2024 y 2025 y fomentar la natalidad en el municipio.
El Ayuntamiento de Horcajo de Santiago (Cuenca) ha puesto en marcha la ayuda de Fomento de la Natalidad “Cheque-Bebé” para las familias del municipio de Horcajo de Santiago, en la provincia de Cuenca. Esta prestación se dirige a quienes han tenido o adoptado un hijo entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2025 y puede alcanzar hasta 500 euros por menor, combinando un apoyo al nacimiento y a la escolarización. Un pequeño empujón que, mes a mes, se nota.
Quién puede pedir el cheque bebé y qué familias se benefician de la ayuda
Podrán ser beneficiarias las madres, padres o tutores legales que hayan tenido o adoptado un hijo o hija dentro del periodo comprendido entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2025, ambos inclusive. La ayuda se concede por cada menor que cumpla estas fechas, por lo que las familias con más de un hijo en ese intervalo pueden acumular importes.
¿Tu hijo o hija llegó a la familia en esos años y resides en el municipio? Entonces puedes estar dentro del perfil al que se dirige esta ayuda de fomento de la natalidad. En los casos de separación o divorcio, la ayuda no desaparece, pero se reparte: se prorrateará según el porcentaje de custodia que figure en la resolución judicial y en el convenio regulador. De este modo, la prestación se adapta a las diferentes realidades familiares, manteniendo como centro el bienestar del menor.
Requisitos de empadronamiento y situación fiscal para acceder al cheque bebé municipal
Para optar al “Cheque-Bebé” es imprescindible que el menor esté empadronado en Horcajo de Santiago. Además, al menos uno de los progenitores o tutores debe estar empadronado en el municipio con una antelación mínima de un año respecto al nacimiento o a la adopción y residir de forma habitual en él. En los supuestos de custodia exclusiva derivados de separación o divorcio, se exigirá el empadronamiento únicamente al progenitor que ostenta la custodia, simplificando así el acceso a la ayuda para estas familias.
Otro requisito clave es estar al corriente de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento. Es decir, no mantener deudas pendientes con la administración local en el momento de solicitar la ayuda. ¿Tienes ya al día tus recibos y tasas municipales? Es un punto importante a revisar antes de preparar la solicitud.
Cuantías del cheque bebé, usos permitidos de los bonos y gastos excluidos
La ayuda se estructura en dos líneas que pueden acumularse: una ligada al nacimiento o adopción y otra vinculada a la escolarización del menor en el Colegio Público José Montalvo. Además, la prestación se materializa mediante bonos canjeables en comercios locales adheridos al Plan de Comercio Local, reforzando el tejido económico del municipio.
Las cuantías básicas se resumen en la siguiente tabla para que puedas ver de un vistazo qué importe corresponde a cada concepto:
| Concepto | Importe máximo por menor |
|---|---|
| Nacimiento o adopción del menor | 250 € |
| Escolarización en el Colegio Público José Montalvo | 250 € |
| Importe total máximo sumando ambas líneas de ayuda | 500 € |
Estos bonos permiten afrontar gastos derivados del cuidado y la crianza, así como los relacionados con la escolarización en el centro educativo. Ahora bien, no todo gasto es subvencionable: quedan fuera las compras de alcohol, tabaco, apuestas y, en general, productos que no estén relacionados con el objeto de la ayuda.
Además, solo se tendrán en cuenta las compras realizadas en los comercios que formen parte del plan municipal de comercio local. Por tanto, conviene comprobar qué establecimientos están adheridos antes de utilizar los bonos, para no llevarse sorpresas en caja.
Plazos para solicitar el cheque bebé y documentación necesaria para completar la ayuda
El plazo para solicitar la ayuda de Fomento de la Natalidad “Cheque-Bebé” comienza el 10 de febrero de 2026 y finaliza el 6 de marzo de 2026. El periodo permanece abierto hasta esa fecha, por lo que las familias disponen de varias semanas para reunir la documentación necesaria y presentar la solicitud con calma.
La concesión se realiza en régimen de concurrencia no competitiva y por orden de presentación. Esto quiere decir que, siempre que se cumplan los requisitos, las solicitudes se irán atendiendo según vayan entrando, sin compararlas entre sí. Por eso, no está de más darse algo de prisa: cuanto antes se registre la petición, antes se podrá resolver.
El procedimiento de justificación exige aportar facturas de gasto y documentos normalizados, de modo que el Ayuntamiento pueda comprobar que los bonos se han destinado a los fines previstos. Guardar todos los tickets y facturas desde el primer momento es, en consecuencia, una buena idea. A la hora de presentar la solicitud, es obligatorio adjuntar una serie de documentos básicos que permiten acreditar la identidad, la situación familiar y, en su caso, la escolarización del menor. Para tenerlo claro, estos son los papeles que habrá que preparar:
- Solicitud normalizada cumplimentada; libro de familia o certificado de nacimiento del menor; en su caso, sentencia de separación o divorcio y convenio regulador; para la parte de escolarización, certificado del Colegio Público José Montalvo, junto con los Anexos II y III para la justificación del gasto y los tickets o facturas originales.
Tras presentar todo, la administración comprobará el cumplimiento de los requisitos y, si la resolución es favorable, las familias recibirán los bonos para canjear en los comercios adheridos. Una ayuda que, bien aprovechada, puede dar ese respiro económico que tanto se agradece cuando llega un nuevo miembro a casa.
