Alerta del Banco de España para los titulares de cuentas conjuntas

El saldo puede quedar bloqueado en parte y el otro titular no podrá sacar dinero en efectivo sin permiso de los herederos.

En España es habitual mantener una cuenta bancaria compartida con un familiar, donde los dos titulares mueven el dinero con normalidad. Pero cuando uno de ellos fallece, el funcionamiento de la cuenta cambia y el superviviente ya no puede manejar los depósitos con la misma libertad.

Qué ocurre con el dinero de una cuenta conjunta cuando muere uno de los titulares

En las cuentas conjuntas, al fallecer uno de los titulares el saldo queda parcialmente paralizado. Desde ese momento, el otro titular deja de poder disponer libremente del dinero sin contar con los herederos del fallecido.

El Banco de España aclara que, cuando muere un cotitular de una cuenta conjunta, “los demás no podrán disponer del dinero que hay en ella, salvo que tengan el consentimiento expreso de todos los herederos del titular fallecido”. En la práctica, esto significa que el superviviente necesita el visto bueno de quienes heredan para poder mover los fondos.

¿Y qué pasa si ese consentimiento no llega o hay conflicto con los herederos? En caso de desacuerdo, el otro titular no puede acceder al saldo ni retirar efectivo, de modo que sus ahorros quedan comprometidos y puede tener problemas para afrontar los gastos del día a día.

Diferencias clave entre una cuenta conjunta y una cuenta indistinta según el Banco de España

No todas las cuentas con varios titulares reaccionan igual ante un fallecimiento. Además de la cuenta conjunta, existe la cuenta indistinta, que también permite más de un titular pero con una operativa distinta.

En la información disponible se indica que, en la cuenta indistinta, “se podrá seguir disponiendo del dinero después del fallecimiento de uno de los titulares”. Es decir, en este caso se permite continuar operando tras la muerte de un titular, mientras que en la conjunta el saldo queda parcialmente bloqueado y se exige contar con los herederos.

Para verlo de un vistazo, se resume la situación de ambas modalidades en la siguiente tabla:

Tipo de cuentaOperativa tras fallecimientoAutorización de herederos
Cuenta conjuntaSaldo parcialmente bloqueadoSí, consentimiento expreso
Cuenta indistintaSe puede seguir operandoNo se indica autorización previa

Por lo tanto, conviene saber qué tipo de cuenta se tiene firmada con el banco y qué implicaciones puede tener si uno de los cotitulares llega a faltar. De hecho, una sola palabra en el contrato puede cambiar por completo el escenario.

Cómo debe actuar el otro titular para proteger sus ahorros y evitar conflictos legales

Cuando no se alcanza un acuerdo con los herederos del titular fallecido, el otro titular no puede acceder al dinero de la cuenta conjunta ni retirar efectivo, por lo que su liquidez se reduce de forma notable. Solo se mantienen los cargos de recibos de suministros previamente ordenados, siempre que no exista oposición formal.

¿Qué pasos básicos conviene tener claros para no complicar aún más la situación?

  1. Avisar cuanto antes a la entidad bancaria del fallecimiento de uno de los titulares de la cuenta conjunta.
  2. Intentar lograr el consentimiento de los herederos para poder mover el dinero y regularizar la situación.
  3. Comprobar los recibos domiciliados y asegurarse de que los suministros esenciales siguen pagándose.

Además, es preferible no retirar grandes cantidades de efectivo sin hablar antes con la entidad y con los herederos; una decisión precipitada puede acabar en más conflictos, y nadie quiere sumar problemas en un momento tan delicado.

Lo más prudente es mantener una relación transparente con el banco e informar siempre del fallecimiento de un titular de la cuenta conjunta, para reducir malentendidos y posibles problemas legales, sobre todo cuando una parte del dinero de esa cuenta corresponde al titular fallecido.

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