La Seguridad Social amplía cuantías y plazos de acceso para un colectivo especialmente golpeado por las crisis económicas recientes.
La Seguridad Social ha confirmado que, a partir del primer semestre de 2026, quienes nacieron entre 1975 y 1985 disfrutarán de mejores condiciones en la prestación por desempleo. El objetivo es reforzar el sistema de protección social y atender las dificultades particulares de este grupo de edad, marcado por la crisis financiera de 2008 y la pandemia de COVID‑19.
Quiénes pueden beneficiarse y por qué se amplía la cobertura de desempleo para este rango de edad vulnerable
La medida se dirige a trabajadores que cumplen 41 a 51 años en 2026 y que, según estudios del SEPE, tardan más en reincorporarse al mercado laboral. «El objetivo principal de esta reforma es ofrecer una mayor cobertura a los trabajadores que enfrentan dificultades para reincorporarse al mercado laboral debido a cambios estructurales y coyunturales en la economía. Queremos garantizar que nadie se quede atrás», subrayó el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
¿Te encuentras en ese rango de edad y temes agotar el paro? Esta reforma busca precisamente que la falta de oportunidades no se traduzca en desprotección económica.
Fechas y calendario previsto por la Seguridad Social para aplicar las mejoras
La implementación arrancará a lo largo del primer semestre de 2026. Durante los meses previos, el Gobierno publicará las disposiciones reglamentarias que concreten importes y duración exacta. Comunidades autónomas y oficinas del SEPE trabajarán coordinadas para que el acceso sea uniforme en todo el territorio. Por tanto, si tu prestación actual termina en 2025, conviene revisar los plazos de solicitud para enlazarla con las nuevas ayudas sin interrupciones.
Antes de iniciar la solicitud, conviene preparar la documentación. A continuación se resume lo imprescindible: Listado de documentación obligatoria para acreditar el derecho:
- Documento Nacional de Identidad (DNI o NIE).
- Certificado de vida laboral actualizado.
- Informe de periodos cotizados y base reguladora.
- Justificante de inscripción como demandante de empleo.
- Formulario oficial de solicitud del SEPE, firmado.
Una vez reunidos los papeles, el trámite puede hacerse a través de la sede electrónica del SEPE con certificado digital o Cl@ve, o bien en la oficina de prestaciones con cita previa. ¿Prefieres la vía online? Ahorrarás desplazamientos, pero recuerda adjuntar los archivos en formato PDF y firmados digitalmente.
Cuantías, duración ampliada y apoyo a la reinserción laboral de los beneficiarios según la reforma anunciada
Entre las novedades destacan el incremento de la cuantía para quienes ya agotaron subsidios y la ampliación del período máximo de cobro en determinados supuestos. Un informe interno de la Seguridad Social señala que «estas mejoras permitirán una mayor estabilidad económica para los desempleados de larga duración y facilitarán el acceso a programas de formación y reinserción laboral, contribuyendo así a reducir las tasas de desempleo y precariedad».
De ahí que sindicatos como UGT valoren la reforma como «un avance crucial para modernizar nuestro sistema de prestaciones». A modo de guía rápida, esta tabla resume los principales cambios confirmados:
Grupo de edad | Mejora principal | Ampliación de acceso | Entrada en vigor |
---|---|---|---|
1975‑1985 | Aumento de cuantía para perceptores que agoten subsidios | Sí, para desempleados de larga duración | 1.er semestre 2026 |
Como ves, el foco está en quienes suman meses sin contrato estable. Y es que, como suele decirse, “el paro no da tregua”.