El complemento del 20 % que eleva la pensión de incapacidad permanente total cualificada puede desaparecer si el beneficiario encuentra trabajo o cumple la edad ordinaria de retiro. Te contamos quiénes se ven afectados, con qué importes y cómo proteger tu prestación.
Un número creciente de trabajadores con incapacidad permanente ha visto disminuir su pensión este 2025. La causa principal es la retirada del complemento del 20 % que la Seguridad Social añade a la prestación cuando el beneficiario, mayor de 55 años, tiene dificultades reales para volver al mercado laboral. La normativa deja clara que ese plus se suprime en dos escenarios muy concretos: al firmar un nuevo contrato o al llegar a la edad legal de jubilación. ¿Podría pasarte a ti? Vamos a despejar la duda.
Cuándo puede la Seguridad Social rebajar hasta un 20 % la incapacidad permanente cualificada en 2025
El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) considera “cualificada” la incapacidad permanente total cuando el trabajador supera los 55 años y, por la situación del mercado laboral, se presume que le resultará casi imposible encontrar otro empleo. En ese momento, la pensión pasa del 55 % al 75 % de la base reguladora. Sin embargo, estas son las dos circunstancias que activan el recorte:
- Inicio de una actividad laboral que implique alta en cualquier régimen de la Seguridad Social.
- Acceso a la edad ordinaria de jubilación, momento en que la pensión pasa a transformarse, normalmente, en jubilación contributiva.
En ambos supuestos, el organismo retira el 20 % adicional y la paga vuelve al 55 % de la base reguladora, tal y como establece la ley. ¡Ojo! No hay periodo de gracia: el ajuste se aplica al mes siguiente de verificarse la causa.
Por qué perderás el complemento de tu pensión si consigues empleo o cumples la edad de jubilación
La lógica detrás de la medida es sencilla. Cuando el beneficiario vuelve a generar ingresos por trabajo ya no se justifica la presunción de “difícil empleabilidad” que originó el plus. Y al cumplir la edad de jubilación se entiende que la protección adecuada deja de ser la incapacidad permanente y pasa a ser la pensión de jubilación.
Esto no significa que la cuantía final sea peor: dependerá de las bases de cotización de toda la carrera profesional. Sin embargo, si las bases no mejoran, el recorte puede sentirse, y mucho. ¿Te imaginabas que firmar un contrato pudiera bajarte la paga?
Cómo solicitar la revisión de tu incapacidad permanente y qué documentación exige el Instituto Nacional de la Seguridad Social
Si crees que el complemento se te ha retirado de forma indebida, puedes pedir una revisión administrativa en un plazo de 30 días hábiles. Para ello necesitarás:
- Modelo oficial de solicitud (disponible en la sede electrónica).
- Informe médico actualizado que acredite tu limitación funcional.
- Vida laboral y, en su caso, contrato o baja de actividad que prueben que no trabajas.
El trámite puede hacerse online mediante Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico, o presencial con cita previa. El INSS dispone de 135 días para responder. Si no lo hace, se entiende desestimada por silencio administrativo, abriendo la vía a la reclamación previa y, posteriormente, a la jurisdicción social.
Importes mínimos y pagas de la incapacidad permanente tras la revalorización de las pensiones en 2025
Para que te sitúes, la revalorización general de las pensiones contributivas ha sido del 2,8 % en 2025. No obstante, los mínimos suben algo más en algunos tramos para acercarse al umbral de pobreza. La siguiente tabla resume las cuantías anuales garantizadas para las modalidades más habituales, siempre que se carezca de otros ingresos superiores a los límites fijados:
Grado de incapacidad | Con cónyuge a cargo | Sin cónyuge (unidad unipersonal) |
---|---|---|
Gran invalidez | 23.678,20 € | 18.362,40 € |
Absoluta | 15.786,40 € | 12.241,60 € |
Total (≥ 65 años) | 15.786,40 € | 12.241,60 € |
Las cuantías se perciben en 14 pagas cuando la causa es enfermedad común o accidente no laboral, y en 12 si deriva de accidente de trabajo o enfermedad profesional, porque las extras van prorrateadas.
Por tanto, además del posible recorte del complemento, debes vigilar que tus ingresos no superen el tope fijado para seguir cobrando complemento a mínimos. De ahí que convenga calcular bien cuánto sumarás cada mes si firmas un nuevo contrato. Esta es una lista de grados de incapacidad y porcentaje de la base reguladora:
- Parcial: indemnización a tanto alzado (24 mensualidades).
- Total: 55 % de la base reguladora.
- Total cualificada: 75 % a partir de los 55 años, sujeta a recorte.
- Absoluta: 100 % de la base reguladora.
- Gran invalidez: 100 % + complemento por necesidad de ayuda de tercera persona.
Como ves, el grado reconocido marca la paga y sus posibles recargos. Por otro lado, la revisión médica cada dos años puede variar el grado, incrementar la cuantía o, en casos extremos, extinguir la prestación.
La rebaja del 20 % solo se aplica en dos casos muy tasados, pero el impacto económico es significativo. Antes de aceptar un empleo o al aproximarte a la jubilación, calcula cómo quedará tu pensión y asesórate. Que no te pille desprevenido y puedas tomar la mejor decisión para tu bolsillo.