El trabajador habría registrado trayectos más cortos cuando los conductores pagaban en metálico. La concesionaria denunció las irregularidades en junio.
La Guardia Civil de la Región de Murcia ha detenido a un empleado de la concesionaria de la AP-7, en el tramo Cartagena-Vera. Está investigado como presunto autor de un delito continuado de estafa por apropiarse supuestamente de más de 1.200 euros. La actuación, desarrollada en Mazarrón y denominada operación Enlazado, fue difundida el 28 de julio de 2026. Según los agentes, el trabajador manipulaba el sistema cuando un conductor pagaba en efectivo y registraba un recorrido más corto que el realizado.
La denuncia de la concesionaria activó la operación Enlazado en junio
La investigación comenzó en junio, después de que los servicios jurídicos de la empresa concesionaria denunciaran posibles irregularidades en la gestión de los peajes. Efectivos de Prevención de Seguridad Ciudadana recabaron información sobre las operaciones y comprobaron que los hechos seguían un patrón común. Las pesquisas condujeron a un trabajador con una dilatada trayectoria en la compañía, cuya identidad no ha sido facilitada. La denuncia formal citada por la Guardia Civil partió del área jurídica de la concesionaria.
El informe policial sitúa las maniobras durante varias semanas y cifra el importe presuntamente desviado en más de 1.200 euros. La cifra difundida corresponde al conjunto de las operaciones investigadas. La nota no concreta cuántas se analizan ni cuánto dinero correspondía a cada una. Tampoco identifica a la concesionaria ni informa sobre medidas laborales adoptadas. En un caso distinto, el TSJA confirmó el despido por apropiarse de fondos de una empleada de Renfe. Esa resolución no permite anticipar el desenlace de esta investigación.
El fraude dependía de los pagos en metálico y de tickets de trayectos cortos
El sistema investigado necesitaba que el usuario abonara el peaje en metálico. El conductor pagaba la tarifa correspondiente a su trayecto real, de mayor distancia. Después, el empleado introducía en el sistema un ticket asociado a otro vehículo que había accedido desde un punto más cercano. Así quedaba registrado un recorrido inferior y un importe menor al efectivamente cobrado. Los agentes atribuyen la repetición del mecanismo a la utilización de tickets correspondientes a trayectos cortos.
La diferencia entre ambas cantidades habría quedado fuera del ingreso correctamente contabilizado y, según la Guardia Civil, terminaba en poder del empleado. El relato policial presenta al conductor como usuario que abonaba su tarifa, no como participante en la maniobra. La presunta perjudicada era la empresa concesionaria, cuyo sistema reflejaba un cobro inferior. El método no alteraba la tarifa reclamada al usuario, sino el trayecto consignado después en el sistema. La investigación tampoco señala que los conductores pagaran por encima de la tarifa correspondiente.
Los agentes localizaron tickets ocultos cuando acudieron a detener al trabajador
Tras reunir indicios, los agentes se desplazaron al puesto de trabajo del investigado. Allí comprobaron que se disponía a atender a otro usuario mientras ocultaba varios tickets correspondientes a trayectos de menor importe. La Guardia Civil considera que esos comprobantes estaban preparados para repetir el procedimiento. Los agentes localizaron el ticket entregado por el conductor y otro de menor cuantía junto a más documentos ocultos. El hallazgo se sumó a la información y los indicios reunidos durante la investigación.
La operación concluyó con su detención como presunto autor de un delito continuado de estafa. La información difundida no precisa si el dinero fue recuperado o si el trabajador prestó declaración. Sí indica que las diligencias y el detenido quedaron a disposición de la autoridad judicial competente. Tampoco consta una decisión empresarial sobre su contrato. Otros procedimientos muestran que la vía laboral exige valorar sus propias pruebas. Así ocurrió en el despido del empleado de Correos acusado de quedarse con 37,60 euros.
La investigación penal y las posibles medidas laborales siguen vías diferentes
El Código Penal define la estafa mediante el ánimo de lucro, un engaño suficiente y un acto de disposición que cause perjuicio. Su modalidad básica contempla penas de seis meses a tres años, atendiendo al importe, el daño, las relaciones y los medios utilizados. La calificación de delito continuado se vincula con varias acciones ejecutadas bajo un plan o aprovechando una ocasión semejante. Corresponde a los órganos judiciales determinar si los hechos reúnen esos elementos y qué consecuencia procede. La detención y la atribución policial no equivalen a una condena firme.
El artículo 54.2 d) del Estatuto de los Trabajadores contempla la transgresión de la buena fe y el abuso de confianza. Para justificar un despido, el incumplimiento debe ser grave y culpable. El artículo 55 también exige una comunicación escrita con los hechos y la fecha de efectos.
La proporcionalidad puede resultar decisiva, como ocurrió en el despido por 1,60 euros que un tribunal italiano consideró desproporcionado. En este caso de la AP-7 todavía no se ha comunicado ninguna sanción laboral.
