La reforma de las pensiones culminará en 2027 con nuevas edades de retiro y mayores requisitos de cotización. Los trabajadores con carreras más largas podrán jubilarse antes, mientras que el resto deberá esperar hasta los 67 años.
España afronta el final del proceso gradual iniciado en 2013 para elevar la edad legal de jubilación. A partir de 2027, el sistema quedará plenamente ajustado a las reglas previstas en la Ley 27/2011, con una edad ordinaria de 67 años para quienes no alcancen un mínimo de cotización y con condiciones más exigentes para cobrar el 100% de la pensión.
Quién podrá jubilarse a los 65 años desde 2027 y quién deberá esperar
Desde 2027, no todos los trabajadores tendrán la misma edad legal de jubilación. La clave estará en los años cotizados. Quienes acrediten más de 38 años y 6 meses cotizados podrán retirarse a los 65 años. En cambio, quienes no lleguen a ese umbral deberán esperar hasta los 67 años.
¿Y qué significa esto en la práctica? Pues, dicho claro, que la vida laboral pesará más que nunca a la hora de acceder a la pensión. El sistema refuerza así la relación entre los años trabajados y la edad de retiro, premiando las carreras de cotización más largas.
En 2026, el sistema ya estará en una fase intermedia, con una edad ordinaria de 66 años y 10 meses para quienes no alcancen los 38 años y 3 meses cotizados.
| Situación del trabajador | Edad ordinaria de jubilación |
|---|---|
| En 2026, con menos de 38 años y 3 meses cotizados | 66 años y 10 meses |
| Desde 2027, con menos de 38 años y 6 meses cotizados | 67 años |
| Desde 2027, con más de 38 años y 6 meses cotizados | 65 años |
Este cambio forma parte de una reforma que ha ido aumentando la edad de retiro de forma escalonada, primero a razón de un mes por año entre 2013 y 2018, y después con dos meses adicionales anuales.
La jubilación anticipada y parcial también cambiará según los años cotizados
El ajuste no solo afecta a la jubilación ordinaria. También tendrá consecuencias en la jubilación anticipada voluntaria, involuntaria y parcial con contrato de relevo.
A partir de 2027, estas serán las edades mínimas previstas:
- Jubilación anticipada voluntaria: desde los 63 años si se superan los 38 años y 6 meses cotizados, o desde los 65 años si no se alcanza ese periodo.
- Jubilación anticipada involuntaria: desde los 61 años para quienes superen ese nivel de cotización, o desde los 63 años para quienes no lleguen.
- Jubilación parcial con contrato de relevo: podrá solicitarse hasta tres años antes de la edad ordinaria, desde los 64 años o incluso desde los 62 en carreras laborales más largas.
Por lo tanto, la jubilación parcial seguirá siendo una vía de transición hacia el retiro completo, especialmente en sectores donde el relevo generacional tiene más peso.
Cobrar el 100% de la pensión exigirá más años cotizados desde 2027
Otro cambio importante llegará en el acceso al 100% de la pensión. Desde 2027 será necesario haber cotizado 37 años, frente a los 36 años y 6 meses exigidos hasta 2026.
Con el mínimo de 15 años cotizados, el porcentaje sobre la base reguladora seguirá siendo del 50%. De ahí que las carreras laborales largas sean cada vez más importantes para conseguir una pensión más alta.
Además, en 2027 también cambiará el cálculo de la base reguladora. El sistema pasará a incluir 304 bases de cotización de mayor importe dentro de los 308 meses anteriores a la jubilación, lo que equivale a un periodo de 25,6 años. Este ajuste sustituye al sistema anterior, que tomaba 302 bases sobre 25 años y 4 meses.
En consecuencia, la reforma cerrará una de las transformaciones más relevantes del sistema de Seguridad Social, vinculando con más fuerza edad de jubilación, años cotizados e importe final de la pensión.
