Deniegan la incapacidad permanente a un mosso d’esquadra que alegó problemas para agarrar el arma

La Justicia catalana mantiene la negativa a conceder la incapacidad permanente parcial a un agente que alegaba problemas para agarrar el arma y actuar en detenciones. El tribunal entiende que sus limitaciones no superan el 33% de merma laboral exigido.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha confirmado la decisión que negó la incapacidad permanente parcial solicitada por un mosso d’esquadra por las secuelas de una antigua fractura en la mano derecha. Aunque el agente defendía que la lesión afectaba a tareas clave de su trabajo, la sentencia concluye que no ha quedado acreditada una reducción suficiente de su rendimiento profesional. En otro casos, se ha conseguido la total, como la costurera a la que acusaban de exagerar las lesiones.

Por qué el TSJ de Cataluña rechaza la incapacidad permanente parcial del agente

El origen del caso está en una fractura de escafoides sufrida años atrás y reagravada en 2019, que fue tratada de forma conservadora. A partir de ahí, el trabajador sostuvo que las secuelas en la muñeca derecha comprometían funciones habituales de su actividad policial, sobre todo aquellas que exigen fuerza, destreza manual y capacidad de reacción.

¿Era suficiente con acreditar molestias o cierta pérdida de fuerza? El tribunal deja claro que no. La resolución insiste en que no basta con demostrar restricciones funcionales, sino que es necesario probar que esas limitaciones afectan de forma directa y cuantificable al rendimiento laboral en los términos que marca la ley.

La Seguridad Social ya había descartado esa posibilidad en enero de 2023. Sus órganos médicos concluyeron que las secuelas eran leves y que no impedían el desarrollo normal de la profesión, por lo que el Instituto Nacional de la Seguridad Social dictó una resolución denegatoria. Para entender cómo avanzó este procedimiento, esta es la cronología principal del caso:

Fecha o faseQué ocurrió
Reagravamiento en 2019La antigua lesión en la muñeca derecha volvió a empeorar
Enero de 2023La Seguridad Social denegó la incapacidad permanente
Demanda judicialEl agente acudió al Juzgado de lo Social de Barcelona
Mayo de 2025El juzgado desestimó la demanda
Recurso ante el TSJEl tribunal catalán confirmó la negativa

Tras esta secuencia, el criterio judicial se ha mantenido sin cambios. En otras palabras, no hubo giro de última hora.

Los informes médicos y periciales que marcaron la decisión judicial final

Durante el juicio, el agente aportó informes periciales que ofrecían una visión distinta. Un informe biomecánico destacaba una pérdida importante de movilidad y fuerza en la muñeca derecha respecto a la izquierda. Además, señalaba dificultades para realizar esfuerzos, manipular armas o adoptar posturas forzadas, situaciones frecuentes en intervenciones policiales.

Por su parte, un perito médico sostuvo que esas limitaciones podían afectar no solo al rendimiento del trabajador, sino también a su seguridad en actuaciones operativas. No es un detalle menor, claro.

Sin embargo, la administración defendió su posición con informes médicos más recientes que descartaban limitaciones funcionales relevantes en el momento de la exploración. Según esa versión, el mosso conservaba una capacidad operativa adecuada.

El juzgado dio mayor credibilidad a los informes oficiales y entendió que no se había acreditado una disminución suficiente del rendimiento laboral. Entre los argumentos que acabaron pesando más en la decisión figuran estos:

  • las secuelas fueron consideradas de carácter leve
  • no se apreció una merma laboral superior al 33%
  • los informes recientes no detectaron limitaciones funcionales relevantes

Con ese razonamiento, el TSJ de Cataluña ha confirmado que las molestias alegadas no afectan de manera directa y bastante al trabajo habitual del agente como para reconocerle la incapacidad permanente parcial.

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