Una trabajadora acumula 176 retrasos en 11 años y la despiden: la justicia considera improcedente su despido y le tienen que indemnizar con 24.987 euros

Una trabajadora del sector de la optometría, despedida en 2023, logra que la justicia declare improcedente su cese. El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ratifica el fallo inicial al apreciar tolerancia empresarial continuada sin advertencias previas.

La clave del caso está en la falta de avisos. Pese a los 176 retrasos constatados por el sistema de fichaje, la empresa no había sancionado ni amonestado a la empleada en ningún momento. ¿Puede una compañía despedir por impuntualidad sin haber llamado antes la atención de forma fehaciente?

Por qué el despido se considera improcedente según la tolerancia empresarial mantenida

El Juzgado de lo Social de Oviedo entendió que la empresa consintió durante años las impuntualidades, sin apercibir ni abrir expediente. Esa pasividad impidió reprochar después la conducta con la máxima sanción: el despido. De ahí que se declarara improcedente, criterio luego confirmado por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias.

Además, en la carta de despido se añadieron reproches sobre compañerismo y atención al público, pero no constaban sanciones previas. En consecuencia, pesó más la tolerancia continuada que los retrasos acumulados.

Cómo afecta el artículo 56 del Estatuto al cálculo de la indemnización

La indemnización por despido improcedente se calcula con 33 días de salario por año trabajado y un tope de 24 mensualidades, según el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores. Con 11 años de antigüedad, el resultado fue de 24.987 euros para la trabajadora. No es poca cosa, y sirve de referencia práctica para casos similares.

A continuación, un resumen de los datos esenciales del caso para orientar al lector:

ConceptoDato
Retrasos acreditados176
Año del despido2023
Antigüedad en la empresa11 años
Importe de la indemnización24.987 €
Regla aplicada33 días por año trabajado
Límite legalMáximo de 24 mensualidades
Primera resoluciónJuzgado de lo Social de Oviedo
RevisiónTSJ de Asturias ratifica el fallo

Este cuadro ayuda a entender, de un vistazo, cómo se enlazan hechos, norma y cuantía final.

Qué ocurrió en el juicio y qué opciones tuvo la empresa tras la sentencia

El juzgado declaró el despido improcedente y ofreció dos alternativas. La compañía recurrió, pero el Tribunal Superior de Justicia de Asturias confirmó la misma conclusión: la tolerancia sostenida dejó sin base el cese disciplinario. ¿Cuál fue el menú de opciones para la empresa tras el primer fallo?

  • Readmitir a la trabajadora en la plantilla o, en su defecto, indemnizarla con 24.987 euros.

Finalmente, la compañía optó por la compensación económica. Por lo tanto, la resolución quedó asentada en dos instancias y zanjó el conflicto.

Lecciones prácticas para empresas y plantilla para evitar conflictos laborales futuros

Para las empresas, el mensaje es claro: documentar, avisar y graduar las sanciones antes de llegar al despido. Sin advertencias ni medidas proporcionales, el riesgo de improcedencia crece. Para las personas trabajadoras, este caso muestra que la falta de reacción empresarial puede ser determinante, incluso ante conductas repetidas.

Por otro lado, es recomendable revisar protocolos de puntualidad, fichajes y comunicaciones internas. Un sistema claro, con constancia escrita de los avisos, evita sorpresas. Y, por cierto, conviene que cartas de despido no mezclen reproches no sancionados: pueden debilitar la defensa de la empresa.

La justicia valoró más el procedimiento que el número de retrasos. Esto quiere decir que la forma de actuar, paso a paso, pesa tanto como el fondo del problema.

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