Si estás en paro y haces un curso, puedes cobrar ayudas del SEPE de hasta 158,40 euros por transporte, comida o cuidado de hijos

Una orden publicada en el BOE fija cómo se financia la formación para el empleo y concreta las ayudas económicas que pueden cobrar las personas desempleadas que asisten a cursos, incluidas las de transporte, alojamiento o cuidado de hijos.

La Orden TMS/368/2019 desarrolla el sistema de Formación Profesional para el Empleo y establece las bases para conceder subvenciones públicas que financian cursos para personas ocupadas y desempleadas en todo el territorio nacional, respetando las competencias de las comunidades autónomas.

Si estás apuntado a un curso del servicio de empleo y te suena eso de “beca” o “ayuda”, esta norma es la que marca el marco general: qué se puede financiar, quién gestiona los pagos y qué condiciones pueden hacerte perder el derecho.

Qué regula esta orden del BOE sobre formación, subvenciones y ayudas del SEPE

La norma define la oferta formativa que pueden impulsar las administraciones y cómo se paga: con subvenciones (normalmente en concurrencia competitiva), contratación pública u otros modelos ajustados a derecho.

En la práctica, esto afecta a programas para trabajadores ocupados (sectoriales, transversales y de cualificación) y a programas para personas desempleadas (itinerarios de inserción, formación específica para colectivos con más dificultades y programas con compromiso de contratación). Además, contempla prácticas profesionales no laborales vinculadas a acciones formativas y la posibilidad de compensación económica a las empresas por esas prácticas.

También deja claro algo importante: la formación subvencionada debe ser gratuita para el alumnado. Y, por otro lado, se establecen reglas de control, calidad, evaluación y seguimiento para evitar que la financiación se quede solo en el papel.

Quién puede pedir becas, ayudas y conciliación si está en paro y estudia

Aquí viene lo que interesa a muchos: las becas y ayudas van dirigidas a personas desempleadas que participan en acciones formativas previstas en la orden, siempre que el día de incorporación al curso sean demandantes de empleo. Si se pierde la condición de desempleado, se interrumpe el derecho a seguir cobrando la beca o la ayuda.

¿Y quién gestiona todo esto? La gestión y el abono corresponden al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y a los órganos competentes de las comunidades autónomas, según el ámbito. La concesión se hace de forma directa.

Además, se contemplan supuestos específicos, como becas para personas desempleadas con discapacidad (acreditando la discapacidad) y ayudas a la conciliación para poder asistir a clase y cuidar de hijos menores de 12 años o familiares dependientes hasta segundo grado, con el requisito de no superar el 75% del IPREM en rentas.

Cuantías máximas de becas y ayudas por asistir a cursos de empleo

Para orientarte, la orden recoge cuantías máximas de referencia para becas y ayudas, que se aplican si en el ámbito competente no se fijan otras cuantías. Antes de la tabla, quédate con esta idea: solo se cobran las ayudas de transporte y manutención de los días a los que se asiste, y las faltas no justificadas pueden salir caras.

ConceptoCuantía máxima
Beca por asistencia (desempleados con discapacidad y otros colectivos que se determinen)9 €/día
Transporte público urbano/interurbano1,5 €/día
Transporte en vehículo propio0,19 €/km por día
Manutención (si hay mañana y tarde y se establece)12 €/día lectivo
Alojamiento y manutenciónhasta 80 €/día natural
Alojamiento y manutención en acciones/prácticas en otros paíseshasta 158,40 €/día natural
Ayuda a la conciliación75% del IPREM diario por día

Después de ver los importes, la pregunta clave es: ¿qué necesitas hacer para no quedarte fuera por un detalle?

Pasos para solicitar y no perder las ayudas del SEPE

Aunque el lugar, el plazo y la documentación concreta se fijan en cada convocatoria, la orden deja varias reglas base que conviene seguir desde el primer día. Antes de lanzarte, revisa estos puntos:

  • Estar inscrito como demandante de empleo al incorporarte al curso (si no, no hay derecho a ayuda).
  • Guardar justificantes cuando proceda (por ejemplo, gastos de alojamiento si se solicitan).
  • Cumplir asistencia y aprovechamiento: más de tres faltas no justificadas al mes pueden implicar exclusión.
  • Presentar la documentación de conciliación si se pide esa ayuda (según exija la administración competente).

Cómo se financian los cursos y qué entidades pueden recibir subvenciones públicas

La norma regula quién puede ser beneficiario de subvenciones para impartir formación: entidades de formación públicas o privadas acreditadas o inscritas, con instalaciones adecuadas en el ámbito territorial de la convocatoria. En ciertos programas con compromiso de contratación, pueden intervenir también empresas que se comprometen a contratar.

El procedimiento general se inicia por convocatoria pública (SEPE o comunidad autónoma), con un plazo de resolución que no puede superar seis meses desde la publicación de la convocatoria. Y el pago puede incluir anticipos, con porcentajes máximos previstos, dejando un tramo final ligado a la justificación. También se refuerza el control: seguimiento durante la acción formativa, controles ex post, y obligaciones de colaborar con la inspección y los órganos competentes.

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