Si cumpliste con la patria, ahora cuenta para la Seguridad Social: la mili reduce tu edad de jubilación

La Seguridad Social concede hasta un año extra de cotización a quienes realizaron el servicio militar.

Las personas que hicieron la mili en España podrán anticipar su retiro sumando hasta un año de cotización adicional. Este beneficio, oficializado por la Seguridad Social, permite adelantar la jubilación a los 63 o 65 años, siempre que se cumpla con el resto de requisitos exigidos para acceder a esta prestación de forma anticipada. ¿Qué significa esto para los trabajadores que quieren jubilarse antes y qué pasos deben seguir?

¿Cómo afecta la nueva edad de jubilación y qué ocurre desde 2025?

España ha endurecido progresivamente los requisitos para obtener el 100% de la pensión, de acuerdo con la Ley 27/2011. En 2025, solo podrán jubilarse a los 65 años con la totalidad de la prestación quienes acrediten 38 años y tres meses cotizados. De no llegar a este mínimo, se deberá esperar hasta los 66 años y 8 meses. Posteriormente, en 2026 la edad legal se elevará a 66 años y 10 meses, para llegar finalmente a los 67 años en 2027, salvo que se cumpla con el periodo de cotización específico.

Cómo los españoles que hicieron la mili pueden adelantar su jubilación en 2025 y sumar cotización extra

La Seguridad Social permite que el tiempo del servicio militar obligatorio, también conocido como mili, se compute para acceder a la jubilación anticipada de carácter voluntario o involuntario, con un límite máximo de 12 meses. Es importante subrayar que este período no influye en la jubilación ordinaria ni en el cálculo de la base reguladora o el porcentaje final de la pensión.

Según la normativa, para solicitar la jubilación anticipada voluntaria es necesario acreditar al menos 35 años cotizados. Si a un trabajador le faltan meses para llegar a este mínimo y en su día hizo la mili, puede alcanzar la cifra exigida gracias a este plus de cotización. ¿Te interesa saber más? A continuación, repasamos los requisitos.

Principales requisitos para sumar la mili a la jubilación anticipada

Antes de iniciar la solicitud, conviene tener claros los requisitos básicos:

  1. Haber realizado el servicio militar obligatorio (o prestación social sustitutoria).
  2. Solicitar jubilación anticipada, ya sea voluntaria o involuntaria.
  3. Contar con 33 o 35 años cotizados, según el tipo de jubilación (involuntaria o voluntaria).
  4. No superar el límite de 12 meses de computación por la mili.

Por tanto, quien haya cotizado 34 años (voluntaria) o 32 (involuntaria) y tenga el tiempo de mili acreditado, podrá alcanzar los años mínimos requeridos.

Qué trámites se deben realizar ante la Seguridad Social y por dónde empezar ahora mismo

Para que la Seguridad Social reconozca estos meses adicionales, es necesario presentar la documentación que certifique la prestación del servicio militar. Este certificado suele solicitarse al Ministerio de Defensa o al órgano competente, facilitando la prueba de los días que duró la mili.

Después, se inicia la petición de jubilación anticipada ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Puede hacerse de forma presencial pidiendo cita previa, a través de la sede electrónica o en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS). En cualquier caso, hay que demostrar que se han alcanzado los años de cotización y cumplir los plazos exigidos.

Tabla de edades de jubilación y cotizaciones exigidas hasta 2027

Para entender mejor cómo van aumentando los requisitos, se muestra a continuación una tabla simplificada:

Año de jubilaciónEdad legal si cumples requisitosCotización mínima exigida
202565 años38 años y 3 meses
202666 años y 10 meses38 años y 4 meses (aprox.)
202767 años38 años y 6 meses

Como se aprecia en la tabla, la edad de jubilación va incrementándose progresivamente, de ahí la importancia de aprovechar todos los meses de cotización posibles para poder retirarse de manera anticipada.

Ventajas de la jubilación anticipada voluntaria e involuntaria en España si hiciste la mili

  • Jubilación anticipada voluntaria:
    Se puede adelantar la retirada hasta 24 meses antes (a los 63 años), siempre que se acrediten 35 años de cotización. Los coeficientes reductores se aplican en función del periodo adelantado y van del 2,81% hasta el 21%.
  • Jubilación anticipada involuntaria:
    En caso de despido objetivo o Expediente de Regulación de Empleo (ERE), es posible jubilarse cuatro años antes de la edad legal (con 33 años cotizados). Las penalizaciones abarcan desde el 30% hasta el 0,5%.

Muchos trabajadores que realizaron la mili desconocen que pueden beneficiarse de este año adicional de cotización. Ojo con los plazos y con la documentación necesaria: solicitar el certificado del servicio militar lleva su tiempo, por lo que conviene empezar con margen suficiente.

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