El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) propuso incluir 11 nuevas enfermedades para el acceso a la jubilación anticipada por discapacidad. Se trata de una propuesta formal, que actualmente la Secretaría de Estado de la Seguridad Social analiza de forma exhaustiva. En caso de aprobarse esta medida, habría una clara mejora en el acceso a la pensión de los trabajadores, como por ejemplo: la edad para tramitar las jubilaciones sería a partir de los 52 años. Y si te interesa este tema, puedes leer aquí sobre otras reformas en el sistema de jubilación.
Detalles vigentes en la jubilación anticipada por discapacidad
Recordemos que esta prestación es aquella que hace posible que los trabajadores que cuenten con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 45 por ciento pueda jubilarse a los 52 años. Esta modalidad de jubilaciones cambió con el Real Decreto 370/2023, publicado el 16 de mayo de ese año. En ese documento oficial, permitieron el acceso a la pensión anticipada por discapacidad a todas las personas trabajadoras por cuenta propia y ajena, incluidas en el Régimen de Seguridad Social. Aunque para eso, deben cumplir estrictamente con los requisitos. ¿Cuáles son los requisitos? Pues, aquí te lo contamos en detalle.
El INSS establece que todos los que quieran acceder a esta prestación deberán contar con 15 años de cotizaciones como mínimo, de los cuales al menos 5 deben ser bajo un grado de discapacidad igual. Dicha graduación debe ser superior al 45 por ciento y tiene que estar motivada por una de las patologías generadoras de discapacidad reconocidas por el sistema, las cuales se pueden ver en el anexo del Real Decreto 370/2023.
En el documento oficial vigente, el Gobierno de España indica que, en caso de que se agreguen nuevas enfermedades a la lista de las que otorgan la jubilación anticipada por discapacidad, deberán ser incluidas en el anexo de este Real Decreto. Asimismo, en caso de que la Seguridad Social apruebe la propuesta realizada por Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad, tendrán que incluirlas en el texto.
Nuevas enfermedades que otorgarían la jubilación anticipada por discapacidad
Según el CERMI son 11 las nuevas enfermedades que podrían sumarse a la lista que otorgaría el acceso a esta pensión. Se trata de patologías que tienen entidad suficiente para reducir la esperanza de vida, tal como las que ya están aceptadas. Aquí te dejamos el listado de afecciones que el Comité que representa a las personas con discapacidad pretende incorporar:
- Artritis reumatoide
- Encefalomielitis miálgica
- Amiloidosis por Transtiretina variante
- Enfermedad de Huntington
- Parkinson
- Distrofia miotónica tipo 1 (enfermedad de Steinert)
- Espina bífida
- Fibromialgia
- Inmunodeficiencias primarias
- Lupus eritematoso sistémico
- Esclerosis Sistémica
¿Cuál sería la edad de jubilación en caso de aprobarse las nuevas enfermedades?
En caso de que la Seguridad Social apruebe la lista de estas nuevas enfermedades, las personas podrán acceder a su jubilación anticipada por discapacidad a los 56 años si es que cuentan con un grado de discapacidad del 45 por ciento. Pero en caso de contar con un grado igual o superior al 65 por ciento, podrán obtener la pensión a los 52 años. Aquí hay que tener en cuenta que esta modalidad de jubilación computa los años cotizados, aplicando el método de cálculo actual del INSS, donde para obtener el 100% de la pensión, deben contar con 36 años y seis meses cotizados.
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