Un empleado de una empresa del sector metalúrgico ha perdido su puesto de trabajo tras negarse de forma reiterada a realizar la pausa obligatoria de 15 minutos. El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja ha respaldado el despido disciplinario y ha confirmado que no tiene derecho a indemnización.
La resolución puede sorprender, pero se apoya directamente en el Estatuto de los Trabajadores. El descanso no se considera un simple beneficio voluntario, sino una obligación legal ligada a la organización del trabajo y a la prevención de riesgos laborales. Por este motivo, la empresa actuó para evitar problemas mayores.
El caso del trabajador del metal que rechazó el descanso obligatorio de 15 minutos
El trabajador formaba parte de la plantilla desde el 12 de junio de 2002, con un contrato indefinido en una compañía del sector metalúrgico. Llevaba, por tanto, muchos años prestando servicios cuando surgió el conflicto. En la empresa existía desde 2008 un acuerdo interno que establecía que el descanso para el bocadillo no computaba como tiempo efectivo de trabajo. Eso implicaba que los empleados debían recuperar esos 15 minutos para completar su jornada diaria.
Tras finalizar un periodo de reducción de jornada por cuidado de hijo, el empleado comunicó que no pensaba recuperar ese tiempo. Además, anunció que modificaría por su cuenta el horario para poder marcharse antes, sin ajustarse a las indicaciones de la compañía.
Las advertencias de la empresa antes del despido disciplinario por el descanso de 15 minutos
La reacción de la empresa fue gradual. En un primer momento, se limitó a recordarle por escrito que el descanso de 15 minutos era obligatorio cuando la jornada continuada superaba las seis horas, tal y como exige la normativa laboral. Ante la negativa del trabajador, la compañía dio un paso más y le impuso una amonestación por escrito. Posteriormente, al persistir en su postura, se acordó una suspensión de empleo y sueldo de diez días como sanción.
Sin embargo, nada cambió. Al reincorporarse tras la suspensión, el empleado mantuvo su actitud durante nueve días consecutivos, sin asumir el sistema de descansos y recuperación de tiempo fijado. Finalmente, la empresa decidió proceder al despido disciplinario, fechado el 24 de noviembre de 2023.
Por qué el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja ve procedente el despido por no descansar
El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja avaló la decisión empresarial y declaró el despido procedente, sin derecho a indemnización. A su juicio, la conducta encaja en la desobediencia e indisciplina recogidas en el artículo 54.2.b del Estatuto de los Trabajadores.
La sentencia destaca que el descanso diario no es un derecho disponible que el trabajador pueda rechazar libremente. En aplicación del artículo 3.5 del Estatuto, los empleados no pueden renunciar válidamente a derechos reconocidos por normas de derecho necesario, como es el caso.
El tribunal subraya además la reiteración de la conducta y el hecho de que el trabajador fue advertido y sancionado previamente sin rectificar. La resolución recuerda un principio básico del derecho laboral: las órdenes empresariales deben cumplirse y, si se consideran injustas, corresponde impugnarlas por las vías legales, no desobedecerlas.
Qué dice el Estatuto de los Trabajadores sobre el descanso de 15 minutos y su impacto en empresas
La normativa laboral es clara. El artículo 34.4 del Estatuto de los Trabajadores establece que, cuando la jornada diaria continuada supera las seis horas, debe existir un descanso mínimo de 15 minutos. Salvo que el convenio señale lo contrario, ese tiempo no se considera trabajo efectivo y, por tanto, debe recuperarse para completar la jornada.
Junto a ello, el artículo 20.1 obliga al trabajador a prestar sus servicios bajo la dirección del empresario, acatando las órdenes dictadas en el ejercicio regular de sus facultades organizativas. En este sentido, la negativa a respetar el sistema de descansos y horarios fijado por la empresa se convierte en un problema organizativo y de prevención de riesgos.
Dado lo anterior, aunque pueda parecer extraño perder el empleo por no tomarse un descanso, la sentencia pone de relieve que este tipo de pausas obligatorias forman parte de la seguridad y salud en el trabajo. El caso sirve como aviso tanto para trabajadores como para empresas: incumplir de forma reiterada las instrucciones sobre descansos puede acabar en un despido disciplinario considerado plenamente ajustado a derecho.
