Importante aviso de Hacienda sobre las indemnizaciones de despido comunicadas en diciembre que cambia la declaración de la renta

La Dirección General de Tributos aclara qué ejercicio fiscal corresponde cuando el despido se comunica a final de año pero la indemnización se cobra en el ejercicio siguiente.

Perder el empleo ya es un golpe y, además, llega el papeleo: fechas, indemnización y dudas con la renta. Si el despido se notifica en diciembre y el dinero llega en enero, ¿en qué año se declara realmente esa cantidad?

Cuándo debe declararse la indemnización por despido en diciembre según Hacienda

La Dirección General de Tributos, dependiente del Ministerio de Hacienda, señala que desde que se notifica el despido hay que provisionar los fondos para pagar la indemnización o el finiquito. Por tanto, el gasto se registra en el año en que se comunica el cese.

En la práctica, si la empresa comunica el despido en diciembre de 2025, debe contabilizar y deducir la indemnización como gasto del ejercicio 2025, aunque el trabajador la cobre en enero de 2026. La clave está en la fecha de la comunicación, no en el día en que el dinero entra en la cuenta.

Para el trabajador, este desfase entre el momento del despido y el cobro resulta confuso. No es un tema de sobremesa, pero conviene tenerlo claro para evitar sustos en la campaña de la renta.

En resumen, las ideas básicas que debe tener presentes cualquier persona afectada son:

  • La fecha de la notificación del cese marca el ejercicio fiscal de referencia, aunque la indemnización se abone posteriormente en otro año natural.

Diferencia entre fecha de despido, cobro de indemnización y ejercicio fiscal

Así, cuando el despido se notifica en diciembre, la empresa debe deducir la indemnización y el finiquito como gasto de ese mismo ejercicio, aunque el trabajador no vea el dinero hasta el año siguiente. En el ejemplo de un despido comunicado en diciembre de 2025 con pago en enero de 2026, la deducción corresponde al ejercicio fiscal 2025.

Para verlo de forma más clara, se puede resumir la información en la siguiente tabla:

SituaciónEjercicio fiscal de referencia para la empresa
Despido comunicado en diciembre de 2025 e indemnización abonada en enero de 2026Se deduce en 2025, año en que se comunica el cese
Despido improcedente con cuantía no clara o actuación legal pendienteSe toma el caso más probable para cuadrar correctamente el ejercicio 2025

En consecuencia, aunque el pago se retrase, la empresa no puede mover el gasto a su conveniencia, sino que debe ajustarse al ejercicio marcado por la comunicación del despido. Y nadie quiere sorpresas al cuadrar las cuentas con Hacienda.

Tratamiento fiscal del despido improcedente con indemnización millonaria y límites legales

¿Qué ocurre si el despido es improcedente y la cuantía de la indemnización no está clara o hay un procedimiento judicial en marcha? Para que las cuentas cuadren en el ejercicio 2025 se toma como referencia el escenario más probable, según la Dirección General de Tributos.

Además, cuando la indemnización por despido improcedente es millonaria, la Ley del Impuesto sobre Sociedades limita qué parte puede deducirse la empresa, permitiendo solo la que exceda las cantidades fijadas en convenio, pacto o contrato.

Por otro lado, en los despidos colectivos el límite económico se sitúa en el importe establecido con carácter obligatorio para el despido improcedente, de modo que las cantidades superiores no siempre serán fiscalmente deducibles para la empresa.

En definitiva, entender bien estas reglas permite a las empresas planificar mejor sus gastos y a los trabajadores saber en qué ejercicio se sitúa la compensación por la pérdida del empleo. Parece un tema lioso, pero de él depende que la declaración de la renta cuadre sin sobresaltos.

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