La medida prioriza a los vehículos históricos y elimina la revisión periódica desde 2026 para turismos y ciclomotores matriculados antes del 1 de enero de 1950.
A partir de 2026, los vehículos con matrícula anterior al 1 de enero de 1950 quedarán exentos de pasar la ITV periódica. El cambio, confirmado por la DGT, busca dar mayor relevancia al parque histórico y aliviar tiempo y costes a sus propietarios.
Quiénes quedan exentos de la ITV periódica en 2026 por matrículas anteriores a 1950
La exención se aplica por fecha de matriculación, sin distinguir entre turismos o ciclomotores. ¿Tu coche entra en ese grupo? Si la placa es anterior a 1950, no tendrás que acudir a las revisiones periódicas. La filosofía es clara: proteger y reconocer a los vehículos históricos, reduciendo desplazamientos y gastos repetidos para sus dueños.
Para verlo de un vistazo, así queda el escenario principal a partir de 2026:
| Matrícula o situación del vehículo | Obligación de ITV desde 2026 |
|---|---|
| Matriculados antes del 1/1/1950 (coches y ciclomotores) | Exentos de revisión periódica |
| Vehículos con daños graves que afecten a seguridad estructural | Deben presentarse a inspección antes de circular |
| Resto de vehículos no contemplados en la exención | Mantienen sus obligaciones de inspección vigentes |
En resumen, la exención pivota sobre la antigüedad de la matrícula y no modifica el régimen del resto del parque, que seguirá con su calendario habitual.
Fechas de aplicación, entrada en vigor y obligaciones que permanecen vigentes para la ITV según la DGT
La medida rige desde 2026 y ya estaba prevista desde principios de año para estas matrículas antiguas. Por lo tanto, quienes tengan un vehículo anterior a 1950 dejan de estar obligados a pasar la inspección en los periodos habituales. El resto continúa como hasta ahora, con sus plazos establecidos y el objetivo de circular con seguridad y sin sorpresas.
Cómo acreditar la exención de ITV y qué documentación conviene llevar encima
¿Hace falta hacer algún trámite extra para disfrutar de la exención? No se exigen gestiones adicionales: basta con encajar en el supuesto de matrícula anterior a 1950. En la práctica, conviene comprobar la fecha exacta de matriculación y llevar la documentación a mano por si la requieren en un control o en la propia estación. Nada de complicarse: revisar papeles y listo.
Cuándo, pese a la exención por antigüedad, habrá que pasar inspección obligatoria
La exención no cubre todos los escenarios. Si el vehículo sufre un accidente u otra causa con daños importantes, deberá presentarse a inspección antes de volver a circular. Es cuestión de seguridad vial y también de impacto ambiental. Será obligatorio acudir si el daño afecta a alguno de estos elementos clave:
- Sistemas de dirección
- Sistemas de suspensión
- Sistemas de transmisión
- Sistemas de frenado
- Bastidor o estructura autoportante en los puntos de anclaje
En consecuencia, aunque la matrícula esté exenta por antigüedad, un golpe serio obliga a revisar el vehículo para garantizar que la circulación sea apta y no se ponga en riesgo a nadie. ¿Y si en una inspección aparecen fallos leves? Se permite seguir circulando, aunque es recomendable solucionarlos cuanto antes. Los fallos graves, en cambio, exigen pasar por el taller y corregirlos antes de obtener el apto. Mejor prevenir que reparar; no te líes.
