Andalucía elimina el tributo hasta el millón de euros, Madrid mantiene su 99 % de descuento y otras regiones se apuntan a la rebaja fiscal para aliviar los bolsillos de los herederos este año.
El Ministerio de Hacienda ha actualizado el Impuesto de Sucesiones y Donaciones para 2025 con rebajas que cambian, y mucho, la factura final de los herederos. El movimiento, canalizado a través de la Agencia Tributaria, deja un mapa muy dispar: desde la exención total en ciertas cuantías hasta porcentajes de bonificación que rozan el 100 %. ¿Quién gana y cuánto se ahorra realmente? Te lo contamos.
Estos son los requisitos y bonificaciones del impuesto de sucesiones por comunidades autónomas en 2025
¿Eres heredero de un patrimonio familiar y no sabes cuánto pagarás? Ojo, porque todo depende de dónde tengas tu residencia fiscal. Andalucía encabeza la reforma: los grupos I y II (descendientes, cónyuges y ascendientes) no pagan nada si la herencia no supera el millón de euros. Muy cerca se sitúa Madrid, que mantiene su célebre descuento del 99 % para familiares directos.
Antes de entrar al detalle, revisa la siguiente tabla. Resume de un vistazo los importes exentos o los porcentajes de bonificación que rigen ya en 2025:
Comunidad Autónoma | Exención/Bonificación | Límite de patrimonio o condición |
---|---|---|
Andalucía | 100 % (grupos I y II) | Hasta 1.000.000 € |
Aragón | 65 % | Herencias < 100.000 € |
Asturias | 100 % (grupos I y II) | < 300.000 €<br/>+99 % víctimas VG |
Cantabria | 90 % – 99 % | Descendientes, cónyuges y ascendientes |
Castilla‑La Mancha | 100 % (< 21 años) / 80 % (> 21 años) | < 300.000 € |
Castilla y León | Reducción base 300.000 – 400.000 € | Grupos I y II |
Cataluña | Exento menores de 21 años | < 100.000 € |
Extremadura | 99 % | Grupos I y II |
Galicia | Exento grupo II | < 400.000 € |
Islas Canarias | 99 % | Grupos I y II |
La Rioja | 99 % | Grupos I y II |
Valencia | 99 % | Grupos I y II |
Murcia | 99 % | Grupos I y II |
Madrid | 99 % directos; 15 % hermanos; 10 % sobrinos | — |
Navarra | 100 % | < 250.000 € |
País Vasco | Exento | < 400.000 € |
Como ves, la disparidad regional sigue siendo enorme. Por tanto, conviene planificar con tiempo cualquier reparto patrimonial.
Cómo solicitar las nuevas bonificaciones del impuesto de sucesiones paso a paso, tanto online como en persona
- Obtén el certificado de defunción y el testamento. Sin estos documentos no podrás iniciar el expediente.
- Liquida la plusvalía municipal (si procede). Es independiente pero necesaria para inscribir bienes inmuebles.
- Calcula la base imponible. Aplica las reducciones estatales y, después, las autonómicas que te correspondan.
- Presenta el modelo 650 o su equivalente autonómico. Puedes hacerlo:
- Presencialmente en la delegación de Hacienda de tu comunidad.
- Telemáticamente con certificado digital o Cl@ve.
- Adjunta la documentación adicional. Libro de familia, DNI, justificantes de discapacidad o violencia de género, cuando den derecho a bonificación extra.
- Paga, si procede, dentro de plazo. Son seis meses desde el fallecimiento, prorrogables tres más si lo pides a tiempo.
¿Te interesa saber más? Consulta siempre el portal tributario de tu comunidad porque los formularios y la documentación exigida pueden variar.
Plazos y cuantías exentas de pagar el impuesto de sucesiones tras la reforma de 2025: lo que no se te puede escapar
La norma estatal fija seis meses para liquidar la herencia, pero cada comunidad ofrece matices. Por ejemplo, Navarra concede un período extraordinario cuando la herencia incluye bienes de difícil valoración. De ahí que debas mirar con lupa los calendarios autonómicos: perder el plazo puede costarte recargos de hasta el 20 %.
Además, ten presente que las exenciones y bonificaciones se aplican antes de calcular los intereses de demora. Por consiguiente, si heredas 350.000 € en Galicia, la parte exenta serían 400.000 € para el grupo II, así que no tributas… siempre que presentes la autoliquidación dentro del plazo. Posteriormente, cualquier retraso anula la ventaja fiscal.
Por otro lado, en 2025 se mantiene la compatibilidad de estas bonificaciones con otras reducciones estatales, empresa familiar, vivienda habitual, seguro de vida siempre que cumplas sus requisitos específicos. De hecho, combinar incentivos puede suponer un ahorro total del 100 % en no pocas herencias medianas.