El Estatuto de los Trabajadores avala un nuevo permiso retribuido que cambiará la vida laboral desde 2026

A partir del 1 de enero de 2026, miles de trabajadores de España tendrán dos semanas extra de permiso retribuido para cuidar de hijos de hasta 8 años, un nuevo derecho recogido en el Estatuto de los Trabajadores.

El cambio llega con el cierre de 2025 y se suma al permiso por nacimiento y cuidado del menor, permitiendo pasar más tiempo con los hijos sin perder ingresos.

Quiénes podrán disfrutar del nuevo permiso retribuido en toda España

¿Quién puede solicitar este permiso de dos semanas extra? Podrán hacerlo los padres y madres de niños, así como las personas que hayan adoptado menores, siempre que el nacimiento o la adopción se haya producido desde el 2 de agosto de 2024 en adelante.

El permiso se reconoce como un derecho autónomo y compatible con las semanas ya concedidas por nacimiento y cuidado. No sustituye nada: se añade como complemento pensado para facilitar la conciliación y apoyar la natalidad.

Antes de iniciar el trámite, es importante tener claro el requisito esencial que marcará la diferencia a la hora de acceder a la prestación.

  • Ser padre, madre o adoptante de un menor de hasta 8 años nacido o adoptado desde el 2 de agosto de 2024 y contar con el certificado de empresa con las fechas de inicio y fin del permiso para poder presentar la solicitud telemática ante la Seguridad Social.

Con este requisito claro, el siguiente paso es fijarse bien en los plazos para no perder el derecho a disfrutar de las semanas extra.

Plazos de entrada en vigor y fechas clave para solicitar el nuevo permiso

La fecha clave es el 1 de enero de 2026, día a partir del cual se podrá pedir el permiso siempre que se cumplan las condiciones. La solicitud deberá presentarse con un máximo de 15 días de antelación respecto al inicio previsto del disfrute.

Esta medida se enmarca en la ampliación aprobada el pasado verano, que elevó a 17 semanas el permiso por nacimiento e incorporó dos semanas adicionales, con la posibilidad de disfrutar parte de ese tiempo más allá del primer año de vida del menor.

El abogado Juanma Lorente lo resume así: «si has sido padre o madre a partir del 2 de agosto de 2024, puedes solicitar este permiso a partir del año que viene».

Para verlo de un vistazo, estos son los datos esenciales del nuevo permiso:

ConceptoDetalle
Entrada en vigor1 de enero de 2026
Edad del menorHasta 8 años
Nacimiento/adopciónDesde el 2 de agosto de 2024
BeneficiariosUnas 365.747 personas

De esta forma es fácil comprobar si la situación familiar encaja en el perfil previsto por la norma.

Cómo solicitar online ante la Seguridad Social este permiso adicional

La gestión del permiso corresponde a la Seguridad Social, que ha lanzado campañas informativas para avisar a los posibles beneficiarios. La medida cuenta con el impulso del Ministerio de Inclusión y Migraciones, dirigido por Elma Saiz, y del Ministerio de Trabajo y Economía Social, encabezado por Yolanda Díaz.

En la práctica, el proceso tiene dos pasos esenciales. Primero, la empresa envía a la Seguridad Social un certificado con la fecha de inicio y de fin del permiso. Después, la persona interesada presenta la solicitud de forma telemática a través del portal de prestaciones, respetando el límite de 15 días de antelación.

Tal y como explica Juanma Lorente, «Tendrás que pedir a la empresa que mande un certificado de empresa a la Seguridad Social y una vez mandado este certificado, podrás solicitar tú estas dos semanas de manera online sin problema. Así que si te hacen falta ya sabes que puedes pedirla». Dos semanas más con los hijos, cobrando lo mismo, suenan bastante bien, ¿verdad?

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