La Agencia Tributaria aprieta el cerco: bancos y emisores informarán de todas las operaciones que, sumadas, excedan ese umbral anual por tarjeta. ¿Eres titular de varias? Toma nota, hay cambios clave.
El Ministerio de Hacienda ultima un real decreto que, desde el 1 de enero de 2025, multiplicará la transparencia de los pagos electrónicos. Las entidades financieras, y cualquier compañía que emita medios de pago, deberán remitir un informe anual detallando cada tarjeta que, en el conjunto del año, acumule más de 25.000 euros entre compras y retiradas de efectivo. El primer parte se presentará en 2026 y afectará tanto a particulares como a autónomos y empresas.
La Agencia Tributaria exige a bancos y emisores reportar pagos con tarjeta superiores a veinticinco mil euros anuales
Con el nuevo marco, la Declaración Anual de Operaciones con Tarjetas se convertirá en herramienta básica contra el fraude fiscal y el blanqueo de capitales. ¿Qué incluirá?
- Identificación del titular (persona física o jurídica).
- Número total de cargos y abonos efectuados.
- Importe agregado de todas las operaciones, sin filtrar el tipo de comercio ni la moneda.
¡Ojo!, no se libra ningún plástico: de crédito, débito, monedero, virtual o incluso los emitidos por grandes superficies y redes de estaciones de servicio. En otras palabras, si tienes varias tarjetas y entre todas superas el límite individual de 25.000 €, cada una quedará bajo el radar de la Agencia Tributaria. Así que, que no te pille el toro.
Requisitos, documentación y plazo para que las entidades emitan la nueva declaración anual desde el ejercicio dos mil veinticinco
Las entidades emisoras tendrán que presentar la información antes del 31 de marzo del año siguiente al periodo declarado. El procedimiento será exclusivamente telemático mediante el formulario que la Agencia Tributaria habilitará en su sede electrónica. Para garantizar la trazabilidad, cada registro deberá contener:
Concepto | Detalle obligatorio |
---|---|
Límite anual por tarjeta | 25.000 € (suma de compras y disposiciones de efectivo) |
Primer ejercicio declarado | 2025 (declaración a presentar en 2026) |
Periodo controlado | Del 1 de enero al 31 de diciembre del año natural |
Sujetos obligados | Bancos, fintech, grandes almacenes, gasolineras y cualquier emisor de medios de pago |
Los titulares no deben presentar ninguna solicitud, pero conviene revisar los extractos, especialmente si se usan varias tarjetas para la misma actividad económica. ¿Quién tiene que estar especialmente atento? Autónomos que mezclan gastos personales y profesionales y pymes con tarjetas corporativas.
Cómo afectará a particulares, autónomos y empresas este control reforzado de operaciones con tarjetas bancarias electrónicas
Para el ciudadano medio, la medida no supone más trámites: Hacienda obtendrá los datos directamente del banco. Sin embargo, superar el umbral puede disparar requerimientos de información adicional. ¿Tienes gastos elevados en viajes o compras en línea? Probablemente, te pidan justificar origen y destino.
En el caso de los autónomos, la declaración cruzará la información con módulos y libros contables digitales. Por tanto, mantener facturas y tickets ordenados será más importante que nunca. De ahí que los asesores recomienden separar los pagos privados de los profesionales y, si es posible, limitar a una sola tarjeta los cobros o compras ligados a la actividad.
Las empresas, por su parte, deberán vigilar los límites de las tarjetas corporativas de empleados para evitar que cada una rebase el tope. Dos consejos prácticos:
- Establecer límites internos mensuales que permitan anticipar cuándo se alcanzarán los 25.000 €.
- Centralizar gastos mayores (combustible o dietas) en tarjetas nominativas específicas para simplificar la conciliación contable.
Lista rápida de tarjetas afectadas
- Tarjetas de crédito tradicionales.
- Débito con cargo directo en cuenta.
- Tarjetas virtuales para compras ‘online’.
- Prepago o monedero de uso ocasional.
- Programas de fidelización que permiten pagar (gift cards, cheques electrónicos).
El borrador del real decreto ya ha pasado el trámite de audiencia pública y pronto llegará al Consejo de Estado. Tras su dictamen, solo quedará la aprobación del Consejo de Ministros para que el texto sea oficial. Por tanto, 2025 marcará un antes y un después en el control fiscal de los pagos electrónicos en España.