Despiden a un obrero por fumar en su puesto de trabajo pese a los avisos: el Tribunal confirma la decisión de la empresa

El empleado fue sorprendido fumando en varias ocasiones durante la jornada pese a la prohibición y a sanciones previas. El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ratifica la procedencia del despido disciplinario.

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha confirmado el despido de un trabajador de una empresa de reformas de Gipuzkoa que, según la sentencia, fue sorprendido fumando durante su jornada laboral en distintas ocasiones, a pesar de las advertencias y de las medidas disciplinarias que ya se le habían impuesto por hechos similares.

El empleado trabajaba en la compañía desde 2019 y, de acuerdo con lo recogido en la resolución, había sido advertido reiteradamente de la prohibición de fumar en el trabajo, especialmente por el uso de materiales inflamables en las obras. Además de los avisos directos, la empresa colocó carteles en el almacén y entregó comunicaciones escritas a toda la plantilla para recordar la norma.

Pese a ello, en noviembre de 2023 fue sancionado con cinco días de suspensión de empleo y sueldo. Más adelante, en enero de 2024, la dirección lo sorprendió fumando mientras manipulaba un soplete alimentado con gas propano, lo que derivó en una sanción de quince días de suspensión que finalmente quedó en una amonestación escrita tras un acuerdo judicial.

Una empresa de reformas de Gipuzkoa y la prohibición de fumar en la obra

Los incumplimientos no terminaron ahí. En abril de 2024, el trabajador fue sorprendido de nuevo fumando durante la jornada laboral en dos ocasiones. En una de ellas, al percatarse de la presencia de sus responsables, llegó a arrojar el cigarro a un cubo con restos de obra.

Tras esos hechos, el 15 de abril recibió la carta de despido, con efectos desde el día siguiente. El trabajador recurrió la decisión empresarial, abriendo el recorrido judicial del conflicto.

El fallo judicial del Juzgado de lo Social de Donostia y el TSJPV

El caso fue analizado primero por el Juzgado de lo Social de Donostia, que dio la razón a la empresa. Posteriormente, el TSJPV ratificó esa conclusión y desestimó el recurso del trabajador, confirmando la procedencia del despido disciplinario.

La Sala de lo Social subraya que la conducta se encuadra en una «reiterada desobediencia a órdenes claras, precisas y debidamente comunicadas», y la califica como una falta muy grave. En este sentido, la sentencia remarca que «se ha acreditado que el demandante, incluso tras haber sido sancionado y haber admitido una sanción por falta leve en conciliación judicial, ha seguido fumando en el trabajo, pese a todas las prohibiciones habidas».

Además, el tribunal rechaza que se trate de un hecho aislado o de escasa entidad y destaca el «importante potencial lesivo, dada la actividad de la empresa».

Impacto de la sentencia del TSJPV sobre despidos disciplinarios por desobediencia

La resolución pone el foco en la reincidencia y en el contexto en el que se producen los incumplimientos: la empresa no solo había trasladado la prohibición, sino que ya había aplicado sanciones previas y, aun así, los hechos volvieron a repetirse.

Con todo, el TSJPV ha confirmado la procedencia del despido disciplinario, en una resolución para la que cabe recurso ante el Tribunal Supremo.

Deja un comentario