La Seguridad Social permite solicitar directamente la incapacidad permanente sin pasar por la temporal. Explicamos documentos, vías de tramitación, plazos orientativos y las opciones de reclamación si llega una denegación.
La incapacidad permanente es una prestación para quienes, tras el alta médica, siguen sin poder desempeñar su trabajo por “reducciones anatómicas o funcionales graves”. Si una enfermedad o un accidente te impide continuar, aquí tienes el procedimiento paso a paso y las claves para reclamar en caso de negativa.
Quién puede solicitar la incapacidad permanente y qué cambia con la Ley 2024
La prestación se dirige a personas que, después del alta, continúan incapacitadas para su empleo por causas físicas o de enfermedad. En España no existe un listado cerrado de patologías: cada caso se valora individualmente. No obstante, aparecen con frecuencia en resoluciones del INSS problemas como esclerosis múltiple, párkinson avanzado, depresión, insuficiencia cardíaca y tumores cerebrales o enfermedades oncológicas en fase metastásica.
¿Te preocupa no haber estado de baja? Tranquilo: la nueva Ley de la Seguridad Social de 2024, en su artículo 93, permite acogerse directamente a la incapacidad permanente sin pasar antes por una temporal.
Documentación obligatoria, canales de solicitud y pasos clave ante el INSS
Antes de iniciar el trámite, reúne la documentación. Parece obvio, pero aquí es donde más retrasos se producen.
- DNI, informes médicos, parte de alta o de baja laboral si procede, e informe de vida laboral actualizado.
Después, presenta la solicitud: online a través de la sede electrónica de la Seguridad Social con certificado digital o Cl@ve; o presencial en el INSS con cita previa. A continuación, intervendrá el tribunal médico, que evaluará si lo acreditado se corresponde con la enfermedad inhabilitante. La resolución llegará, por regla general, entre 2 y 6 meses. ¿Todo claro hasta aquí? No te líes: sigue este esquema básico.
| Vía | Qué necesitas | Organismo/Canal |
|---|---|---|
| Online | Certificado digital o Cl@ve | Sede electrónica de la Seguridad Social |
| Presencial | Cita previa | Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) |
| Evaluación | Tribunal médico | Dictamen según la documentación aportada |
De ahí que convenga conservar copias de todo y mantener los informes actualizados; puede evitarte vueltas innecesarias.
Cómo reclamar si te deniegan la incapacidad permanente y plazos a respetar
Si la Seguridad Social deniega la pensión, aún puedes actuar. Primero, reclamación previa ante el INSS en 30 días hábiles. Si no prospera, demanda judicial ante el Juzgado de lo Social. La reclamación se presenta presencialmente en una oficina del INSS o online en la sede electrónica.
¿Qué papeles necesitas para la reclamación? Datos personales, copia de la resolución denegatoria, argumentación jurídica y médica (preferiblemente redactada por un abogado) y, si existen, nuevos informes médicos. Cuanto más claros y recientes sean los documentos, más opciones tendrás de que se revise la decisión.
