El Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, aprueba medidas urgentes en diferentes materias, una de ellas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad. En este sentido, desde el año 2022 hasta ahora, se han aprobado 8 paquetes de medidas para ayudar a distintas situaciones en España. Bien, actualmente, este último real decreto, cuenta con medidas de apoyo a una serie de colectivos a los que no se podrá realizar el corte de suministro hasta el 31 de diciembre de 2025.
Una cosa a tener en cuenta, es que los cortes de suministro de electricidad, se pueden hacer siempre que exista dicha posibilidad en el contrato. A los consumidores de PVPC con un a potencia igual o menor a 10kW, tienen dos meses desde el vencimiento del pago de la factura para que no se le corte el suministro. Como regla general son 20 días, aunque esto varía según acuerdo con la comercializadora. No obstante, no podrán cortarte la luz a ciertas personas y edificios, aunque no pagues, por una serie de motivos.
Estas son las personas a las que no se les puede cortar el suministro eléctrico: requisitos a cumplir
En el capítulo III del Real Decreto-ley 1/2025, añade la aplicación de medidas para las personas que vivan en una situación complicada. Para ello, se aplica que estas personas tendrán la garantía de tener suministro de agua y energía hasta el 31 de diciembre de 2025. Por tanto, aquellas personas que tengan condición de consumidor vulnerable, vulnerable severo o en riesgo de exclusión social, no se les podrá cortar el suministro de energía eléctrica, gas natural y agua, incluidos los que perciban el bono social.
También, se incluyen aquí los suministros esenciales (hospitales, servicios funerarios, centros penitenciarios, viviendas habituales donde haya personas que necesiten del suministro de energía eléctrica para la alimentación de un equipo médico del que dependa su vida). En el caso de personas en situación de dependencia (grado II o III), o con una discapacidad igual o superior al 33 %, siempre que estén en situación de vulnerabilidad (bono social) tampoco se puede suspender el suministro por impago.
El bono social solo se puede dar en una unidad de convivencia
Cabe destacar, respecto al bono social, que la unidad de convivencia es la formada por todas las personas que residan en el mismo hogar, unidas entre sí (matrimonio, pareja de hecho y segundo grado de consanguinidad, afinidad y adopción). Por tanto, nadie puede estar en dos unidades familiares a la vez.
Recuerda que para poder contratar el bono social eléctrico, es necesario tener contratado la tarifa PVPC (igual o inferior a 10 kW) en la vivienda. Además, hay que cumplir con los requisitos personales, familiares y de renta (vulnerable, vulnerable severo o en riesgo de exclusión social) y contar con unos límites de consumo.
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