El TSJ de Castilla-La Mancha confirma la incapacidad permanente parcial. La indemnización equivale a 24 mensualidades y es compatible con continuar trabajando.
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha confirmado una indemnización de 25.146,24 euros para una costurera con rizartrosis en el pulgar izquierdo. El Poder Judicial difundió el caso el 15 de octubre de 2026. La incapacidad permanente parcial compensa una pérdida relevante de rendimiento sin impedir las tareas fundamentales del oficio. El importe corresponde a 24 mensualidades de la base reguladora. Por eso puede cobrarse manteniendo el empleo, aunque la sentencia todavía admite recurso ante el Supremo.
El dolor al hacer pinza reducía su rendimiento como costurera
El INSS recurrió el reconocimiento judicial de la incapacidad parcial. La Sala mantuvo la decisión de instancia al valorar el efecto del dolor sobre los movimientos de pinza. La afectada pretendía un grado superior, pero tampoco prosperó esa petición. El tribunal no consideró acreditada una inhabilitación para realizar las funciones esenciales de modista. El resultado distingue entre trabajar con una merma relevante y no poder desempeñar la profesión. La comunicación oficial identifica una limitación funcional concreta, sin establecer que toda persona con el mismo diagnóstico tenga idéntico derecho.
Esta separación entre diagnóstico y capacidad aparece también en otros casos de limitaciones para seguir trabajando. La Ley General de la Seguridad Social exige reducciones anatómicas o funcionales graves, objetivables y previsiblemente definitivas. Su valoración se relaciona con las exigencias profesionales. Por ello, el nombre de una enfermedad no sustituye la descripción del trabajo. Importan los movimientos necesarios, la fuerza exigida y la repercusión acreditada. Esa relación explica que una dolencia pueda afectar de forma diferente a dos personas con ocupaciones distintas.
Cómo se calculan los 25.146,24 euros de incapacidad permanente parcial
La Seguridad Social explica que este grado genera una indemnización a tanto alzado, abonada en un único pago. Su cuantía equivale a 24 mensualidades de la base utilizada para calcular la incapacidad temporal correspondiente. Dividir los 25.146,24 euros del caso entre 24 da una base de 1.047,76 euros. Este cálculo permite entender el origen del importe. No significa que la costurera vaya a cobrar 1.047,76 euros mensuales indefinidamente. Tampoco permite identificar su salario neto, porque base reguladora y nómina ingresada no son conceptos equivalentes.
Un segundo ejemplo ayuda a comprobar la fórmula sin generalizar la cantidad reconocida. Con una base reguladora hipotética de 1.200 euros, las 24 mensualidades sumarían 28.800 euros. Con otra de 1.500 euros, alcanzarían 36.000. La diferencia sería de 7.200 euros pese a reconocer el mismo grado de incapacidad. Son ejemplos aritméticos, no importes concedidos a otras personas. El diagnóstico no fija una tarifa común. Para verificar una liquidación individual hacen falta la base aplicable y la resolución que reconoce el derecho.
La incapacidad parcial permite mantener el empleo habitual
La definición legal exige una disminución de al menos el 33% del rendimiento normal, sin impedir las tareas fundamentales de la profesión habitual. Ese porcentaje no debe confundirse con un grado administrativo de discapacidad. La incapacidad total utiliza otro criterio: la imposibilidad de realizar todas o las principales tareas de esa profesión. La absoluta se refiere a cualquier profesión u oficio. Estos grados tienen requisitos y consecuencias diferentes. La trabajadora no obtuvo el nivel superior solicitado porque la prueba no acreditaba la inhabilitación profesional necesaria.
La Seguridad Social declara compatible la incapacidad parcial con actividades por cuenta ajena o propia, incluido el trabajo que se venía desarrollando. El reconocimiento no obliga por sí mismo a abandonar el oficio. Asimismo, la indemnización está sujeta al IRPF conforme a las reglas aplicables. Por tanto, el importe reconocido y el dinero disponible después de las obligaciones fiscales pueden diferir. Otro caso sobre indemnización de 24 mensualidades permite comparar esta protección en un trabajo manual distinto.
Qué documentación ayuda a reclamar y qué puede ocurrir con el recurso
Quien solicite esta prestación necesita acreditar sus limitaciones y su repercusión profesional, además de reunir las condiciones de acceso que correspondan. Los informes médicos deben leerse junto con una descripción precisa de las tareas habituales. La enfermedad común exige, con carácter general, 1.800 días cotizados. Deben reunirse en los diez años anteriores a finalizar la incapacidad temporal de la que deriva. Existen reglas específicas para trabajadores jóvenes. Si deriva de accidente o enfermedad profesional, no se exige cotización previa. El INSS gestiona estas prestaciones con las particularidades previstas para otros regímenes.
Si se impugna una denegación, la reclamación previa tiene normalmente un plazo de treinta días hábiles desde la notificación. La entidad dispone de cuarenta y cinco días hábiles para responder. Después, la demanda judicial debe presentarse dentro del plazo legal correspondiente, generalmente treinta días hábiles. Son reglas generales de la jurisdicción social, con excepciones según el procedimiento. En este caso, el Poder Judicial informa de que cabe casación ante el Supremo.
La nota oficial y resolución identificada no acreditan que ese recurso ya se haya presentado.
