El BOE activa un nuevo mecanismo eléctrico cuyo coste dependerá del consumo de cada hora

El nuevo mercado de capacidad retribuirá la disponibilidad de electricidad en momentos críticos. La norma todavía no fija una subida concreta por hogar.

El mercado de capacidad eléctrico está regulado desde el 18 de septiembre de 2026 por la Orden TED/966/2026, publicada el día anterior. Su financiación dependerá de la electricidad consumida y del periodo horario, según establece el BOE. La medida afecta al sistema peninsular y obliga a financiarlo a comercializadoras y consumidores directos del mercado. Para los hogares, el dato relevante es que la norma aprueba una metodología. No establece una cantidad mensual idéntica que todos deban pagar desde septiembre.

El mercado de capacidad paga disponibilidad para momentos críticos

El mecanismo permitirá contratar instalaciones capaces de aportar electricidad o reducir consumo cuando el sistema lo necesite. Podrán participar generación, almacenamiento y demanda mediante las condiciones previstas en las subastas. El Ministerio para la Transición Ecológica explica que la retribución compensa firmeza y flexibilidad, no solamente energía producida. Esta diferencia ayuda a entender por qué la factura de la luz incorpora conceptos distintos del precio mayorista diario. Tener potencia disponible cuando hace falta es un servicio diferente de vender electricidad durante una hora concreta.

Las subastas tendrán tres modalidades: principal, de ajuste anual y transitoria. Cada una responde a necesidades y horizontes de prestación distintos. La principal permite incorporar proyectos futuros, mientras la de ajuste se dirige a instalaciones operativas. Cuando se trate de nuevas inversiones en la subasta principal, deberán corresponder a renovables, almacenamiento o demanda. Por tanto, la aprobación no garantiza ingresos automáticamente a cualquier central. Habrá que cumplir condiciones, resultar adjudicatario y prestar el servicio exigido. Red Eléctrica administrará las subastas y la CNMC supervisará su desarrollo.

La financiación se calcula con energía consumida y periodos

Los artículos 30, 31 y 32 establecen quién financia el servicio y cómo se reparte su coste. Los obligados son las comercializadoras, incluidas las de referencia, y los consumidores directos del mercado. Los precios se diferenciarán por segmentos tarifarios y horarios. La liquidación multiplica la energía de cada periodo por su precio unitario y suma los resultados. Por ello, la estructura aprobada contiene un término de energía. No consiste en una nueva cuota uniforme calculada exclusivamente sobre los kilovatios de potencia contratada.

Un ejemplo puramente matemático muestra la diferencia. Si un precio fuera de 0,001 euros por kilovatio hora, 100 kilovatios hora representarían 0,10 euros antes de otros ajustes. Esa cifra es hipotética y no aparece aprobada como tarifa en la orden. Sirve para explicar que cambiar el consumo o su distribución cambia el resultado. La liquidación real incorpora además los criterios técnicos establecidos en la norma, incluidas pérdidas de red. Sin precios unitarios aplicables y datos concretos del suministro, no puede calcularse una subida mensual individual.

Las horas críticas no pueden superar el 10% del año

La orden limita las denominadas horas de estrés a un máximo del 10% de las horas anuales. En un año de 365 días, ese porcentaje equivale a 876 horas como máximo. Es un cálculo del límite de disponibilidad exigida, no una predicción de cortes de suministro. Tampoco significa que esas 876 horas vayan a concentrarse en una estación determinada. El operador del sistema debe definirlas y comunicarlas a los proveedores antes del inicio del año correspondiente. Su identificación responde a las necesidades de cobertura del sistema.

Esas horas no deben confundirse con los periodos ordinarios del recibo doméstico. La Circular 3/2020 de la CNMC regula la distribución de los peajes y distingue punta, llano y valle para la energía en 2.0TD. El nuevo mecanismo utiliza esa estructura tarifaria para ordenar su financiación. Sin embargo, no transforma automáticamente cada hora punta en una hora crítica. Tampoco modifica por sí mismo los requisitos del bono social eléctrico. Son mecanismos con finalidades distintas, que deben comprobarse por separado cuando se analiza una factura.

Qué puede comprobar ahora un consumidor en su contrato

El primer dato útil es identificar si el suministro tiene precio regulado, precio único o precios diferenciados por periodos. La herramienta Entiende tu factura de la CNMC permite consultar esa información desde el código QR o enlace del recibo. También muestra comercializadora, renovación contractual, posibles penalizaciones y consumos. Fue presentada en octubre de 2023, por lo que no constituye una novedad de esta orden. Su utilidad actual consiste en aportar los datos necesarios para interpretar futuras comunicaciones de la compañía sobre precios y condiciones.

Antes de atribuir un aumento completo al mercado de capacidad, será necesario comparar los conceptos y periodos de facturación. Una factura puede variar por consumo, precio de energía u otros elementos. La norma también exige seguimiento anual del coste efectivo del mecanismo y de su impacto en el precio final. Esa información permitirá evaluar resultados cuando el sistema funcione y existan adjudicaciones.

La referencia jurídica para comprobar financiación, funcionamiento y límites es la Orden TED/966/2026 del BOE, junto con sus posteriores desarrollos.

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