Los contratos deberán informar del salario, el periodo de prueba y los algoritmos laborales.
El Gobierno ha aprobado este 8 de septiembre nuevas obligaciones informativas para empresas y administraciones empleadoras. Los contratos deberán detallar el salario, la jornada, las vacaciones y el periodo de prueba. También habrá que comunicar el uso de sistemas automatizados en decisiones laborales. La aprobación no permite aplicar todavía todas las novedades. El texto deberá publicarse en el BOE, que concretará su entrada en vigor y cualquier régimen transitorio.
El periodo de prueba tendrá que quedar mejor definido
La información deberá incluir la duración y el contenido del periodo de prueba. Las ampliaciones acordadas mediante convenio por encima de seis meses exigirán circunstancias justificadas. La norma busca que el trabajador conozca desde el inicio cuándo termina esa fase y qué condiciones debe cumplir.
La empresa seguirá pudiendo extinguir el contrato durante un periodo válido. Sin embargo, no podrá vulnerar derechos fundamentales ni actuar por una causa discriminatoria. Recuerda que tienes una serie de derechos en periodo de prueba cuando se produce un cese.
La nómina y la jornada aparecerán de forma expresa
El documento deberá identificar la cuantía salarial, sus componentes y la periodicidad del pago. También recogerá la duración de la jornada ordinaria, las reglas sobre horas extraordinarias y las vacaciones. La información sobre el convenio aplicable y el procedimiento de despido también será obligatoria.
Estos datos no sustituyen el contenido del convenio colectivo ni la legislación. Si una condición cambia, la empresa tendrá que comunicar la modificación. La plantilla debe conservar el contrato y sus anexos. También puede consultar las reglas sobre pagas extraordinarias para interpretar correctamente el salario anual.
Los algoritmos laborales ganan transparencia
Las empresas deberán informar sobre los sistemas automatizados utilizados para contratar, despedir, asignar tareas o reducir jornada. La obligación se refiere a las decisiones apoyadas por algoritmos. El alcance exacto dependerá de la redacción definitiva publicada oficialmente.
La norma no equivale necesariamente a entregar todo el código informático. Sí pretende explicar los criterios relevantes y su utilización. La representación laboral conserva además sus derechos colectivos de información. Una decisión automatizada seguirá siendo impugnable si vulnera la ley o produce discriminación.
Qué ocurre con los contratos ya firmados
Las personas con contratos anteriores podrán pedir la información que no recibieron en su momento. Según lo anunciado, la empresa dispondrá de treinta días para facilitarla. Para las nuevas contrataciones, los datos deberán entregarse antes de que comience la prestación de servicios.
El Gobierno prevé publicar un modelo contractual dentro de los veinte días siguientes a la entrada en vigor. Hasta ver el BOE, conviene diferenciar el acuerdo gubernamental de una obligación ya exigible. Los plazos, excepciones y posibles sanciones deben comprobarse en el texto definitivo.
