El TSJA confirma el despido de un trabajador que estando de baja recorría 240 km y practicaba pesca

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía declara procedente el despido disciplinario de un comercial tras ser sorprendido realizando actividades físicas durante su incapacidad temporal.

El trabajador llevaba 12 años en la empresa y permanecía de baja médica por la fractura de un dedo del pie. Sin embargo, un informe de detective privado reflejó que realizaba acciones incompatibles con el cuadro que justificaba la baja.

El caso del comercial y la baja por fractura de pie

El empleado inició la incapacidad temporal en enero de 2020 tras fracturarse un dedo del pie. Aunque la mutua le declaró “apto para reincorporación” en febrero de ese mismo año, el Hospital Universitario Virgen del Rocío de Sevilla mantuvo la baja por “dolor persistente”, desaconsejándole cualquier actividad deportiva.

Con el paso de los meses, la empresa decidió comprobar si el trabajador respetaba las limitaciones asociadas a su situación médica. Por este motivo, recurrió a un detective privado para verificar qué hacía durante el periodo de baja.

La investigación con detective privado y las pruebas durante la incapacidad temporal

Según el informe aportado, el trabajador fue visto “paseando con sus hijos, sacando al perro, conduciendo más de 240 km en un solo día y practicando pesca deportiva en la playa”, sin mostrar signos de dolor o limitación física.

A la vista de estos hechos, la empresa le comunicó el despido disciplinario el 17 de noviembre de 2020 mediante burofax, justificándolo en una pérdida de confianza derivada de su conducta durante la baja.

El fallo del Juzgado de lo Social de Sevilla y la confirmación del TSJA

Tras el despido, el trabajador demandó a la empresa. En una primera resolución, el Juzgado de lo Social nº8 de Sevilla desestimó su demanda el 14 de septiembre de 2023.

Más tarde, el empleado recurrió ante la Sala de lo Social del TSJA, defendiendo que esas actividades no eran incompatibles con su incapacidad temporal. Sin embargo, el tribunal consideró que el informe del detective evidenciaba una “simulación en la persistencia de la situación de incapacidad” y un incumplimiento de los deberes de lealtad y fidelidad hacia la empresa. Por ello, confirmó el despido como procedente, rechazó el recurso y no impuso costas.

Impacto de la sentencia sobre la buena fe contractual y la confianza empresarial

La resolución refuerza la idea de que, durante una baja médica, realizar actividades que muestran una capacidad superior a la indicada por el diagnóstico puede tener consecuencias laborales. En este sentido, el TSJA vincula estos comportamientos con la vulneración de la buena fe contractual y la confianza depositada por la empresa en el trabajador, elementos que pueden justificar un despido disciplinario.

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