Un profesor universitario es despedido después de 18 años de contratos temporales: tienen que indemnizarlo con casi 80.000 euros o readmitirlo

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña obliga a la Universitat Rovira i Virgili a indemnizar con casi 80.000 euros o readmitir a un profesor que trabajó en condiciones de temporalidad fraudulenta durante casi dos décadas.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJ) ha fallado a favor de un profesor de la Universitat Rovira i Virgili (URV), quien fue despedido tras haber acumulado 18 años de contratos temporales. La justicia considera que la universidad no acreditó las causas de la temporalidad, ya que el profesor desempeñaba funciones permanentes y estructurales, por lo que se ha declarado el despido improcedente. La institución deberá pagarle una indemnización de 79.988,20 euros o readmitirlo en su puesto.

El caso: 18 años de contratos temporales y la falta de justificación

El profesor afectado trabajaba en la URV como profesor lector, percibiendo un salario mensual de 4.065,12 euros. Su relación laboral comenzó en 2004 y se mantuvo mediante contratos sucesivos de duración determinada, en modalidades que fueron variando a lo largo de los años: becario pre-doctoral, Técnico grupo I y III, y Profesor Asociado, entre otras. Durante 18 años, estos contratos fueron renovados sin justificación clara, lo que generó un conflicto laboral con la universidad.

En 2022, el profesor participó en un proceso de concurso para obtener una plaza fija, pero no logró el objetivo. La URV argumentó que su cese se debía a la finalización del contrato temporal, dado que no pasó el concurso, lo que, según la universidad, se ajustaba a la normativa. Sin embargo, el trabajador no estuvo de acuerdo con esta decisión y llevó el caso ante los tribunales.

La carga de la prueba recae en la universidad

El Juzgado Social nº 2 de Tarragona inicialmente desestimó la demanda del profesor, pero este recurrió al TSJ de Cataluña. El recurso se basó en que la universidad nunca justificó las causas reales de la temporalidad, especialmente cuando el docente realizó tareas constantes y regulares, como la enseñanza de materias troncales. Además, los contratos sucesivos se fundamentaron en un “refuerzo por necesidades del departamento”, lo que, según el trabajador, no tenía base legal.

El tribunal consideró que la carga de la prueba recaía en la universidad, la cual no demostró que los contratos temporales estuvieran justificados bajo la normativa legal. La contratación en fraude de ley fue uno de los aspectos clave para el fallo judicial.

El fallo judicial: despido improcedente y derecho a indemnización

El TSJ concluyó que la universidad incurrió en fraude de ley al utilizar contratos temporales para cubrir necesidades estructurales y permanentes del departamento docente. Según la jurisprudencia, las relaciones laborales en el ámbito universitario deben ser fijas, y la renovación de contratos temporales solo es válida en situaciones excepcionales, como para necesidades transitorias o vinculadas a objetivos de formación o investigación.

En este sentido, el tribunal determinó que los 10 contratos temporales firmados por el profesor durante su carrera no cumplían con los requisitos legales, especialmente el último contrato como Profesor Lector, que no cumplió con las condiciones necesarias para esa modalidad. Además, el tribunal destacó que la figura del Profesor Lector no es apropiada para alguien con más de 18 años de experiencia y que había superado el límite máximo legal de duración de este tipo de contratos.

Como resultado, el TSJ declaró que la relación laboral debía considerarse indefinida no fija, por lo que el despido realizado el 31 de octubre de 2022 fue improcedente. El profesor tiene derecho a una indemnización de 79.988,20 euros, o en su defecto, a ser readmitido en su puesto.

Trascendencia de la sentencia

Esta sentencia refuerza la jurisprudencia en cuanto a la temporalidad fraudulenta en el ámbito universitario y recalca la importancia de una justificación clara para los contratos de duración determinada. La URV no pudo demostrar que los contratos fueran necesarios para cubrir situaciones puntuales o extraordinarias, lo que subraya el carácter abusivo de las sucesivas renovaciones.

El fallo puede tener un impacto importante en otros casos similares, donde trabajadores en el ámbito académico hayan sido sometidos a una contratación temporal sin justificación. Este tipo de decisiones refuerza la necesidad de que las universidades y otras instituciones acrediten de manera clara y precisa las causas de la temporalidad, evitando así fraudes que perjudiquen a los empleados.

La sentencia también resalta la tendencia de los tribunales a proteger los derechos laborales de los trabajadores, especialmente en situaciones de abusos contractuales prolongados, como ocurre en este caso.

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