Un cajero de Mercadona es despedido por utilizar el truco de los 50 euros y gastar 600 con una tarjeta de una clienta

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de La Rioja ha validado la expulsión de un trabajador de Mercadona que, según la sentencia, se apropió de la tarjeta de crédito olvidada por una clienta y efectuó con ella múltiples compras sin su consentimiento.

A lo largo de varias semanas, el implicado realizó 52 transacciones que superaron los 596 euros en distintos establecimientos, incluyendo el propio supermercado, carnicerías, estancos e incluso un restaurante.

El caso se remonta al 24 de febrero de 2023, cuando la clienta, tras percatarse de que había extraviado su tarjeta, llamó a su supermercado habitual en Logroño. En esa conversación se le aseguró que la tarjeta se encontraba en el establecimiento y que la guardarían hasta que fuera a recogerla. Sin embargo, la clienta tardó en pasar por razones médicas y, al revisar sus movimientos bancarios, descubrió numerosos cargos inferiores a 50 euros que eludían la necesidad de un PIN.

Preocupada, contactó de nuevo con Mercadona, donde la gerente comprobó que la tarjeta ya no estaba en la taquilla. A instancias de la responsable del centro, la afectada denunció los hechos ante la Policía Nacional. Poco después, los agentes se personaron en el establecimiento con imágenes de cámaras de seguridad, las cuales señalaban al trabajador como autor de las compras fraudulentas.

La investigación del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja sobre los pagos irregulares

El empleado llevaba en la empresa desde 2010 y ostentaba el puesto de Gerente A. El 5 de abril de 2023 recibió la carta de despido por burofax, donde se detallaba que los hechos constituían una falta laboral muy grave. Según la versión de la compañía, el trabajador había incumplido principios de confianza y buena fe esenciales en la relación laboral.

El Juzgado de lo Social de instancia consideró probado que el acusado había utilizado la tarjeta sustraída, un comportamiento contrario a la normativa interna y a la legislación laboral vigente. Ante el recurso presentado, el TSJ de La Rioja confirmó la legalidad de la medida disciplinaria.

El fallo judicial que ratifica la gravedad del abuso de confianza en Mercadona

La sentencia recoge que el despido se fundamenta en los artículos 33 C1 y C4 del Convenio Colectivo de Mercadona, referidos a fraude, deslealtad, robo o hurto. Asimismo, menciona el incumplimiento de los artículos 5.a) y 20.2 del Estatuto de los Trabajadores, que exigen el respeto a la buena fe contractual. Dicho incumplimiento supone, según la Sala, un daño irreparable en la imagen de la empresa y en la relación de confianza con los consumidores.

Aunque no es el primer litigio por conducta desleal en el sector de la distribución, la resolución judicial pone de relieve la férrea postura que están adoptando las cadenas de supermercados ante este tipo de infracciones. Cada vez más, los jueces avalan la aplicación de la máxima sanción cuando el empleado rompe la buena fe y pone en riesgo la reputación de la compañía.

Impacto de esta sentencia en la política de seguridad y protección de clientes

El pronunciamiento del TSJ de La Rioja no solo confirma el cese disciplinario, sino que refuerza la importancia de actuar con diligencia cuando se advierten sospechas de fraude interno. La contundencia del fallo sirve de advertencia a otras empresas del sector para que apliquen protocolos de control más estrictos y protejan los derechos de sus clientes.

En definitiva, este caso subraya la responsabilidad inherente a los empleados de cara a salvaguardar la reputación corporativa y a garantizar la confianza de quienes utilizan a diario sus servicios. Queda así asentada una doctrina que prioriza la defensa de la buena fe contractual, incluso hasta la máxima consecuencia del despido.

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