El Ayuntamiento de Aspe ha abierto la convocatoria de Ayudas para Alojamiento Habitacional, una línea de apoyo económico directo destinada a facilitar el acceso y el mantenimiento de una vivienda digna a personas en situación de especial vulnerabilidad. La medida cubre alquiler, cesión de uso u otras fórmulas habitacionales, con ámbito territorial en Aspe (Alicante) y entidad convocante: Ayuntamiento de Aspe.
El plazo de presentación permanece abierto del 23 de octubre al 6 de noviembre de 2025. La concesión se realizará mediante valoración individual emitida por los servicios sociales municipales y aprobación de la Comisión Técnica de Valoración y Seguimiento. Entre los potenciales beneficiarios figuran, entre otros:
- Víctimas de violencia de género.
- Personas desahuciadas o sin hogar-
- Asiladas, refugiadas, apátridas o con protección temporal o subsidiaria.
- Personas especialmente vulnerables según valoración profesional (salud mental, diversidad funcional, juventud ex tutelada, personas mayores, ex reclusas o quienes, con ingresos ≤ 3 veces el IPREM, destinan ≥ 30 % al pago del alquiler).*
En cuanto a los requisitos para optar a la ayuda de alojamiento habitacional en el municipio alicantino de Aspe, se necesita cumplir con los siguientes términos:
- Empadronamiento en Aspe.
- Acreditación de situación de especial vulnerabilidad por los servicios sociales municipales.
- Alquiler o cesión de uso ≤ 800 € mensuales.
- No parentesco hasta segundo grado con la parte arrendadora (salvo excepciones justificadas).
- No disponer de otra vivienda habitable en propiedad o usufructo ni estar utilizando vivienda pública.
Documentación y cómo solicitarla
La solicitud se presenta mediante instancia normalizada del Ayuntamiento de Aspe, dentro del periodo 23/10/2025 – 06/11/2025, por registro presencial o electrónico.
- Junto a la solicitud, deberá aportarse la siguiente documentación:
- Documentación acreditativa de la situación de vulnerabilidad, conforme a informe de los servicios sociales municipales.
- Vida laboral de la unidad de convivencia.
- Justificantes de ingresos: prestaciones, IRPF o certificados equivalentes.
- Certificado de pensiones, en su caso.
- Declaración responsable de medios económicos de los últimos seis meses.
- Ficha de mantenimiento de terceros.
- Copia del contrato de alquiler.
- Justificante bancario del pago del alquiler, con identificación del emisor y receptor, importe y mes correspondiente.
Importe, límites y criterios de concesión
La ayuda contempla un importe máximo de hasta 800 € al mes por unidad de convivencia. No se subvencionan rentas que superen los 800 € mensuales ni viviendas pertenecientes a familiares de primer o segundo grado o al parque público de viviendas. La valoración individual la emiten los servicios sociales y la resuelve la Comisión Técnica de Valoración y Seguimiento, de acuerdo con las prioridades sociales establecidas. Con la documentación en regla y dentro de plazo, estas ayudas pueden suponer un alivio directo para sostener el alquiler y asegurar una solución habitacional estable en Aspe.
* IPREM 2025 (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples): 20 €/día · 600 €/mes · 7.200 €/año (12 pagas) · 8.400 €/año (14 pagas).
