A partir de 2026, la Seguridad Social permitirá que trabajadores soliciten la jubilación anticipada a los 61 años, incluso sin profesiones penosas. La reforma introduce un nuevo cálculo de las pensiones, dos plazos para adelantar la retirada y la opción de dejar fuera los peores meses de cotización. Desde el 1 de enero de 2026, la edad ordinaria de retiro y las condiciones dependerán de los años cotizados y del tipo de jubilación, voluntaria o involuntaria.
Cómo cambia la edad de jubilación y la pensión completa desde 2026
Según ha explicado Alejandro Requeijo, la edad ordinaria para cobrar la prestación completa se sitúa en 66 años y 10 meses si no se alcanzan 38 años y 3 meses cotizados. En ese caso, habrá que esperar hasta esa edad para retirarse con el 100 %.
Para las carreras laborales más largas se mantiene una vía más favorable: si la persona ha cotizado 38 años y 3 meses, podrá jubilarse a los 65 años con el 100 por 100 de la pensión. Además, para que la cuantía refleje el 100 % de la base reguladora será necesario haber cotizado al menos 36 años y 6 meses. Esta tabla resume las principales edades y requisitos que se aplicarán a partir de 2026:
| Situación | Edad de retiro | Tiempo de cotización |
|---|---|---|
| Ordinaria con menos de 38 años y 3 meses | 66 años y 10 meses | Menos de 38 años y 3 meses |
| Ordinaria con 38 años y 3 meses o más | 65 años | Al menos 38 años y 3 meses |
| Anticipada involuntaria, hasta 4 años antes | Hasta 4 años antes | Según edad ordinaria |
| Anticipada voluntaria, hasta 2 años antes | Hasta 2 años antes | Según edad ordinaria |
Así es más fácil ver en qué casilla encaja cada trabajador.
Segundo plazo de jubilación anticipada voluntaria y trabajadores en lista de espera
La jubilación anticipada se divide en dos plazos claros. Cuando es involuntaria, podrá solicitarse hasta 4 años antes de la edad ordinaria para quienes pierden su empleo y se ven obligados a dejar de trabajar antes de tiempo.
Si es voluntaria, solo se puede adelantar 2 años. Este segundo plazo de jubilación anticipada voluntaria será la referencia para quienes, aun manteniendo su trabajo, quieren ganar tiempo de descanso aunque la pensión pueda verse recortada. ¿Compensa salir antes o es mejor aguantar un poco más? Muchos trabajadores se sienten en una especie de lista de espera de la jubilación. Para aclarar ideas, conviene fijarse en varios puntos antes de decidir:
- Revisar el año previsto de jubilación, los años cotizados, si la salida será voluntaria o involuntaria y que se podrán descartar los peores meses de cotización en el nuevo cálculo.
Después, cada persona tendrá que hacer números y decidir si le interesa acogerse al primer plazo de adelanto o esperar al segundo, más corto pero directamente ligado a la decisión personal del trabajador.
Requisitos de cotización y cálculo de la pensión en la nueva jubilación anticipada
El nuevo cálculo de las pensiones introduce una novedad importante: los nuevos jubilados podrán descartar los peores meses de cotización, de modo que esos periodos de sueldos más bajos tendrán menos peso en la base reguladora.
Será imprescindible mirar los años cotizados, porque de ellos dependerá jubilarse a los 65 o esperar hasta los 66 años y 10 meses y, después, valorar si recurrir a la jubilación anticipada por la vía involuntaria, con hasta 4 años de adelanto, o por la vía voluntaria, con un máximo de 2 años, sabiendo que cada opción implica ajustes en la prestación.
Al fin y al cabo, estas nuevas reglas buscan ordenar los tiempos de salida del mercado laboral y dar margen tanto a quienes se ven obligados a dejar su empleo como a quienes, después de toda una vida cotizando, prefieren adelantar su merecido descanso.
