Si cuidas a un ascendiente y cumple las condiciones de edad, convivencia e ingresos, podrás rebajar tu cuota del IRPF con una ayuda que sube hasta 2.550 € cuando supera los 75 años.
La Agencia Tributaria acaba de confirmar que las personas contribuyentes que vivan con ascendientes mayores de 65 años pueden restar 1.150 € en su próxima declaración de la Renta. El beneficio fiscal, pensado para aliviar el bolsillo de las familias cuidadoras, se dispara a 2.550 € cuando el progenitor o abuelo supera los 75 años o acredita una discapacidad igual o superior al 33 %. ¿Quieres saber si tienes derecho y cómo solicitarlo? Sigue leyendo porque desgranamos todos los requisitos y plazos, paso a paso.
Qué familias pueden aplicar la deducción de 1.150 € por ascendientes mayores de 65 años en la Renta 2024
Para beneficiarte de este “empujón” fiscal, debes cumplir tres grandes condiciones: edad del ascendiente, convivencia mínima y límite de ingresos. A continuación, los pormenores de cada requisito:
- Edad: el ascendiente ha de tener más de 65 años a 31 de diciembre del ejercicio fiscal. Con una discapacidad ≥ 33 %, la edad deja de ser requisito.
- Convivencia: debe residir contigo al menos medio año. En caso de centros especializados, se considera cumplida si el mayor regresa periódicamente al domicilio familiar.
- Ingresos: sus rentas (exentas aparte) no pueden superar 8.000 € anuales, ni haber presentado IRPF con base imponible superior a 1.800 €.
¿Y si fallece durante el año? Podrás aplicar igualmente la deducción siempre que el resto de condiciones se dieran hasta la fecha de su fallecimiento.
Tabla orientativa de cuantías según la situación del ascendiente
Situación del ascendiente | Importe de la deducción |
---|---|
Mayor de 65 años | 1.150 € |
Mayor de 75 años | 2.550 € |
Discapacidad ≥ 33 % (cualquier edad) | 2.550 € |
Fallecimiento durante el año con requisitos cumplidos | 1.150 € |
Los importes anteriores se aplican por cada ascendiente que cumpla requisitos, de ahí que muchas familias puedan alcanzar deducciones relevantes.
Documentos y trámites para incluir el mínimo por ascendiente en la declaración del IRPF
El procedimiento es sencillo, pero conviene reunir la documentación antes de sentarse al ordenador:
- Pruebas de edad y parentesco: DNI del ascendiente y libro de familia u otro documento que acredite la relación.
- Certificado de convivencia o empadronamiento conjunto por al menos seis meses.
- Justificante de ingresos: borrador de la Renta del ascendiente o certificado bancario.
- Título de discapacidad, si procede.
Con todo a mano, entra en Renta Web y en el apartado “Mínimos por ascendientes” introduce los datos. El sistema calcula de forma automática la deducción. Si prefieres la vía presencial, puedes solicitar cita previa en tu Administración de la AEAT y presentar la declaración con ayuda de un técnico.
¿Te interesa saber más? Guarda los justificantes durante cuatro años, ya que Hacienda puede requerirlos dentro del plazo de prescripción.
Plazos, cuantías aumentadas y supuestos especiales cuando el ascendiente supera 75 años o fallece
- Plazos de presentación: la campaña de la Renta 2024 arranca, previsiblemente, la primera semana de abril de 2025 y se extiende hasta finales de junio. No dejes la gestión para el último día: si surge algún error, el margen de reacción se reduce.
- Cuantía mayor para mayores de 75 años: el salto de 1.150 € a 2.550 € es automático al introducir la fecha de nacimiento en Renta Web.
- Compatibilidad con otras deducciones: esta ayuda es compatible con el mínimo, por discapacidad, por maternidad y por familia numerosa, entre otras.
- Supuestos especiales de fallecimiento: la deducción permanece íntegra (1.150 €) aunque el ascendiente haya fallecido antes de que termine el año, siempre que se cumplieran los requisitos previos.
Por lo tanto, quienes asumen los cuidados de sus mayores disponen de un alivio fiscal notable que, en muchos casos, marca la diferencia entre pagar a Hacienda o recibir devolución. De ahí que sea crucial revisar bien los datos de convivencia e ingresos antes de confirmar el borrador.
Lista de errores frecuentes que podrían costarte la deducción
- Olvidar actualizar el domicilio en el padrón.
- Incluir rentas exentas (por ejemplo, una pensión no contributiva) al calcular el tope de 8.000 €.
- No consignar la discapacidad pese a tener el dictamen oficial.
- Presentar fuera de plazo la declaración del ascendiente con rentas superiores a 1.800 €.
Evitar estos fallos te ahorrará sustos y requerimientos posteriores. ¿A quién le gusta recibir una carta sorpresa de Hacienda?
En definitiva, si compartes techo con un padre, madre o abuelo mayor de 65 años, no desaproveches esta deducción: puede traducirse en más de dos mil euros de ahorro anual. Reúne la documentación con tiempo, marca en rojo las fechas de la próxima campaña de la Renta y, si surge cualquier duda, pide cita en la Agencia Tributaria o consulta a un asesor de confianza.