La pensión de viudedad es una prestación económica contributiva que otorga la Seguridad Social a los cónyuges y parejas de hecho sobrevivientes de las personas fallecidas. Probablemente, sea una de las más dolorosas de recibir, pues implican la muerte de un ser querido. La cuantía dependerá de caso concreto, puesto que se aplica acorde al 52% de la base reguladora de la persona fallecida.
Aunque es una prestación que se concede a todos los cónyuges viudos, es una ayuda que puede perderse si se incumplen algunos de los requisitos y condiciones a las que está sujeta. En estos casos, la Seguridad Social retiraría la pensión de viudedad. Esta pensión se concede debido al agravio económico que puede sufrir una persona al disminuir una parte de los ingresos, evitando así posibles situaciones de desprotección.
Causas por las que la Seguridad Social puede retirar la pensión de viudedad
La pensión de viudedad es contributiva, lo que significa que su cobro es compatible con otras ayudas de su misma categoría, como la de jubilación o la de incapacidad permanente. Pero existen motivos por lo que se podría perder.
En primer lugar, si el cónyuge vuelve a casarse o establece una nueva pareja de hecho durante al menos 5 años, la pensión de viudedad se suspende. Aunque hay varias excepciones, y es que el beneficiario tenga más de 61 años, tener reconocida una incapacidad permanente absoluta o de gran invalidez o acreditar una discapacidad en grado superior al 65%. Otra excepción será cuando la pensión de viudedad constituya la principal fuente de ingresos del beneficiario o cuando la pareja de nuevo matrimonio o de hecho tengan unos ingresos anuales que no superen dos veces el importe al SMI vigente en cada momento.
Otras causas de extinción de la pensión de viudedad será cuando exista una declaración de culpabilidad en sentencia firme de la muerte del causante de la prestación, por fallecimiento de la persona beneficiaria, por violencia de género o por comprobarse que no falleció la persona dada por muerta, sino que solo desapareció. En el caso del fallecimiento del beneficiario, se extingue porque la pensión de viudedad no pasa a los herederos.
Revalorización de estas pensiones en 2025
Con la revalorización de las pensiones por la subida del IPC para que las personas que reciben prestaciones no pierdan poder adquisitivos, las de viudedad también han visto incrementado su porcentaje. En concreto, lo han hecho en un 2,8% al igual que las prestaciones contributivas de jubilación. Se calcula que la subida, en general, beneficie a 9 millones de personas. Tras el rechazo del decreto omnibus estas pensiones también sufrieron, pero luego se recuperó con la aprobación del siguiente decreto. Con la subida, se estima que las pensiones de viudedad aumenten y las cuantías vayan de los 1.062,23 euros al año para las personas con cargas familiares, a los 8.997,8 euros anuales para los menores de 60 años.
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