Las excedencias laborales son una buena opción para el trabajador que, por los motivos que sea, necesita estar un tiempo sin trabajar. Se trata de una suspensión temporal de su contrato de trabajo sin que suponga la pérdida de su puesto y es un derecho de todos los empleados. Durante el tiempo de la excedencia, podrán, el empleado no recibe su salario. Además, esta excedencia no tendrá que estar justificada ni motivada.
La excedencia permite al trabajador que la solicita, reincorporarse cuando esta finalice. La principal diferencia con un periodo de baja es que este último requiere de un examen médico para evaluar los motivos de la incapacidad temporal, puesto que será necesario que la baja sea concedida por una razón médica. Además, la baja permite al empleado cobrar una gran parte o la totalidad de su sueldo, según las causas de esta.
Dependiendo del tipo de excedencia, esta tendrá una duración u otra. Hay cuatro clases de excedencias recogidas por la ley: la excedencia voluntaria, que será de un mínimo de cuatro meses y un máximo de cinco años; la forzosa, cuando el empleado va a acceder a un empleo público y durará lo que dure el cargo; por cuidado de los hijos, que será de un máximo de 3 años por hijo; y la pactada entre empleado y empresa, que podrán establecer lo que consideren en el acuerdo.
Casos en los que no se garantiza el mismo puesto de trabajo
Como hemos visto, la excedencia laboral es un derecho del trabajador y la empresa tiene que aceptarla. No obstante, tiene sus límites y su regulación para cada caso. Por ejemplo, cuando sea una excedencia forzosa, se deberá mantener el mismo puesto de trabajo que se tenía antes de acogerse a la excedencia. Sin embargo, cuando sea la excedencia voluntaria, no se podrá asegurar que el puesto sea el mismo cuando se solicite la vuelta a la empresa.
Existe un mito muy extendido y es que el trabajador puede volver cuando quiera a la empresa. Sin embargo, en la realidad esto no sucede así. Durante el tiempo de excedencia puede ser que la empresa haya cubierto la plaza, por lo que el trabajador se podrá reincorporar si existe una vacante de igual o similar categoría, sin asegurar que sea exactamente el mismo puesto de trabajo que tenía antes de solicitar la excedencia.
Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid lo confirma
Por si quedase alguna duda, una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha fallado sobre la reincorporación de un trabajador en excedencia a la empresa. Y ha sido muy clara: el reingreso del empleado tras un periodo de excedencia quedará sujeta a la disponibilidad de puestos que tenga la empresa, por lo que la reincorporación podría no ser inmediata. Por ello, los expertos y abogados recomiendan valorar bien todas las opciones antes de solicitar una excedencia laboral voluntaria, puesto que en un futuro podría significar un periodo de incertidumbre laboral.
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