Cuidado con la advertencia de la Seguridad Social: el detalle por el que puedes perder tu pensión por jubilación

No pierdas tu pensión de jubilación con estos consejos.

El hecho de acceder a la pensión de jubilación en España muchas veces puede causar dolores de cabeza entre los contribuyentes a pesar de haber cumplido con los requisitos que se piden por parte de la Seguridad Social. Sin embargo, muchas personas no ven las letras pequeñas de las condiciones y lo vinculado a los regímenes en los cuales debes estar afiliado para la pensión contributiva. Allí surgen preguntas como cuántos años tienen que estar cotizados para tener acceso y si con estar dado de alta en la Seguridad Social es suficiente para la jubilación correcta. Además, otro dato a tener en cuenta, y tal vez el más importante, es el de cumplir con la edad legal para acceder a la pensión.

No pierdas tu pensión de jubilación por descuidar este detalle establecido por la Seguridad Social

Para desglosar lo que tiene que ver con los requisitos a cumplir para tener en nuestras manos la pensión de jubilación podemos considerar que hay tres más que importantes, los cuales son: estar dado de alta de manera correcta en la Seguridad Social, tener más de 15 años cotizados en nuestra carrera laboral y que dos de estos años cotizados estén dentro del rango de los últimos 15 años al momento de la solicitud. El último requisito puede ser un gran impedimento para muchos que soliciten la pensión de jubilación, como le sucedió a un hombre que cotizó más de 29 años, pero se le ha negado la prestación por parte de la Seguridad Social.

Y es que como la ley lo advierte por medio de la Seguridad Social, deberás tener al menos dos años cotizados en los últimos 15 años. Algo que no sucede en su caso específico por haber cotizado más de 29 años con distintos regímenes debido a los cambios en España. La falta de este requisito puede perjudicar tanto a él como a muchos otros que busquen el acceso con posterior denegación. Todo queda claro y especificado en la Ley General de la Seguridad Social del artículo 205.

A pesar de la insistencia por parte del damnificado, con sus múltiples reclamos a la Seguridad Social, la causa no avanzó a su favor y todo quedó desestimado por el Juzgado de lo Social en Bilbao. De esta forma, el argumento de la entidad pública ha sido que no se cumplía con uno de los requisitos explícitamente importante para acceder a la pensión de jubilación. Por lo que este hombre de 78 años se quedó sin acceder a la prestación por tantos años de trabajo.

Los argumentos para el rechazo: ten cuidado y no cometas los mismos errores

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco dejó en claro en la sentencia por el caso del hombre con 29 años cotizados y 78 años de edad que este dejó de cotizar en el 2004, sin poder cumplir con las condiciones obligatorias para tener la pensión de jubilación y no estar incluido por inactividad en el régimen especial de trabajadores autónomos, conocido como RETA. También, como dato igual de importante, la Seguridad Social destacó que el hombre no realizó una regulación de su situación en la cotización de años de trabajo, sin pagar lo necesario para estar al corriente.

Con este error en la cotización de sus años y la falta de pagos, el hombre se quedó sin la pensión de jubilación. Por eso, la Seguridad Social advierte al resto de contribuyentes que no deje de lado su situación y, si es necesario, normalice todas las condiciones para evitar este tipo de problemas legales, pagando lo que sea óptimo y cotizando de manera correcta. Si quieres estar al tanto de las problemáticas y cambios en cuanto a prestaciones, ayudas y jubilaciones, en nuestra sección de «Trámites» encontrarás lo más actualizado al respecto.

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