El Real Decreto-ley 1/2025, convalidado por el Congreso de los Diputados este miércoles día 12 de febrero, incluye medidas urgentes de protección oficial, una de ellas, la revalorización de las pensiones un 2,8% (contributivas) y un 9% (no contributivas). En este sentido, saber que el único partido que se opuso fue Vox, siendo convalidado por 315 votos a favor y beneficiando a 12 millones de personas. Por otro lado, desde el Congreso se va a tramitar como proyecto de ley, permitiendo realizar enmiendas. Ahora bien, ¿quiénes son los que pueden solicitar este aumento en su pensión? Veámoslo detenidamente en esta noticia.
Quiénes pueden solicitar este aumento de la pensión contributiva a la Seguridad Social
Recordando el decreto “ómnibus” el cual no contó con los apoyos necesarios en el Congreso, ahora se han recuperado algunas de las medidas que se incluían en el mismo. Como ya hemos mencionado al inicio, la revalorización de las pensiones ha sido una de las afectadas positivamente, con una subida. Tanto las pensiones de jubilación, incapacidad permanente, viudedad y orfandad (contributivas) como jubilación e invalidez (no contributivas).
Yendo al kit de esta noticia, saber que algunas de las pensiones contributivas, pueden solicitar un aumento y cobrar más dinero. Para ello, deberán cumplir con el requisito de no tener ingresos anuales superiores al umbral determinado por ley para cada situación. Se trata del conocido como complemento a mínimos, que lo pueden percibir aquellas personas que no lleguen a la cuantía mínima.
En cuanto al umbral de rentas antes mencionado, en este año 2025, se sitúa en 9.193 euros en caso de tener cargas familiares y 10.429,82 euros para los que tenga cónyuge a cargo. Puedes consultar todo sobre este complemento desde la web de la Seguridad Social.
Cómo puede realizar este trámite
Para solicitar este complemento a mínimos, se deberá cumplir, por tanto, con el requisito anterior. No obstante, es necesario que tu pensión de la Seguridad Social sea inferior al mínimo y que residas legalmente en España. Bien, si quieres pedir este complemente a mínimos, accede a la sede electrónica de la Seguridad Social (comprueba los documentos presentar) y pulsa en “Comenzar solicitud”. Una vez realizado, obtendrás el comprobante, y en un plazo de 30 días máximo recibirás la notificación en casa. Si eres aceptado, el mes siguiente cobrarás el importe junto a tu pensión.
Si eres de los que pueden solicitarlo, no dudes en pedirlo ya y tener mejor calidad de vida. Para más noticias sobre trámites no dudes en acceder a la sección especializada y ver otras publicaciones relacionadas.