La Inspección Técnica de Vehículos (ITV) es un procedimiento obligatorio para todos los coches y motocicletas en España. Se trata de una actividad que realmente puede llegar a ser un verdadero dolor de cabeza, más que nada cuando tu vehículo es antiguo o tiene algunas modificaciones. Y aunque muchos conductores logran pasar esta revisión, quedan muchas dudas sobre lo que ocurre después, como por ejemplo, qué pasa si se pierde la pegatina o se rompe. Estas dudas te las despejaremos en los próximos párrafos, aunque ahora ahondaremos en una nueva decisión de la Dirección General de Tráfico (DGT): algunos coches no tendrán que volver a someterse a la ITV nunca más.
Los coches que no deberán volver a realizar la ITV
Se trata de una curiosa decisión por parte de la DGT, sin embargo, tiene sus motivos. Según el anuncio de la entidad gubernamental, los vehículos que no deberán volver a realizar la inspección son aquellos que han sido matriculados antes del 1 de enero de 1950, independientemente de que sean automóviles o ciclomotores. El objetivo de esta decisión es brindarle una mayor protección a los vehículos históricos.
La Dirección General de Tráfico especificó que su intención es recalcar la importancia de estos vehículos como parte del patrimonio cultural de la Nación. Asimismo, se busca incrementar el número de coches históricos en toda España. Para ello, ofrece en la nueva normativa un beneficio que muchos conductores desean fervientemente: no tener que realizar nunca más la Inspección Técnica de Vehículos.
¿Cuáles son los vehículos que deben pasar la inspección vehicular cada medio año?
Antes que nada, hay que recordar que el tiempo de inspección varía para cada vehículo, según los datos de la DGT. Así, los vehículos ligeros, aquellos destinados al transporte de mercancía con una masa máxima autorizada (MMA) inferior a 3.500 kilos, tendrán plazos distintos. Por ejemplo, los coches que tengan dos años o menos de antigüedad están exentos de pasar la ITV hasta los dos años. Si el vehículo tiene de seis a diez años, deberá pasar la revisión cada año, y una vez alcanzada la década de antigüedad, el procedimiento se llevará a cabo cada seis meses. Aquí te dejamos una lista de vehículos que no están obligados a pasar la inspección:
- Motocicletas, cuatriciclos y quads: hasta los cuatro años.
- Turismos y otros vehículos de uso privado, con una capacidad de hasta 9 pasajeros: hasta los cuatro años.
- Ciclomotores: hasta los 3 años.
- Vehículos de servicio de alquiler, con o sin conductor, y de escuela de conductores, dedicados al transporte de personas, con 9 plazas: hasta los dos años.
- Caravanas: remolcadas con MMA superior a 750 kg: hasta seis años.
- Camiones y remolques de hasta 3.500 kg: hasta dos años.
- Servicios y maquinaria autopropulsada: hasta cuatro años.
Cabe resaltar, además, que aquellos coches dados de baja, ya sea de forma temporal o definitiva, tampoco deben pasar la ITV. Pero aquí hay que hacer una aclaración muy importante: la revisión será obligatoria en caso de que un usuario quiera rehabilitar el vehículo. Asimismo, como paso previo, deberá llevar el coche a la DGT para que los trabajadores analicen las condiciones del mismo.
¿Qué pasa si no llevas la pegatina?
Aunque no sea algo que se revise a menudo, puede suceder que Guardia Civil detenga tu vehículo por no tener las pegatinas a la vista. Si bien puede resultar algo no tan estético para tu coche, es necesario recordar que llevarlas en el parabrisas es una normativa obligatoria y que puede ser motivo de multa. En concreto, deberás pagar 80 euros por no cumplir esta exigencia.
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