Ni todas las horas extra cuentan ni siempre se pagan así puedes compensarlas con descanso dentro del plazo

El límite existe para quienes trabajan a jornada completa, pero el descanso compensatorio puede hacer que parte de esas horas no computen. La clave está en la compensación: si se pagan, cuentan para el tope anual; si se devuelven con descanso dentro de plazo, se descuentan del cómputo. Además, hay supuestos urgentes que quedan fuera y pasarse del límite puede acabar en sanción. ¿Te suena?

Qué son las horas extraordinarias según el artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores

El artículo 35 define las horas extraordinarias como las que se realizan “sobre la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo”. Es el tiempo que excede la jornada pactada y en muchos bares ya se está controlando este tiempo.

Con esa base, la norma general establece que no se pueden superar 80 horas extra al año cuando el trabajador está a jornada completa, aunque existen matices importantes.

Cuándo el descanso en cuatro meses hace que las horas extra no computen

El Estatuto aclara que no se tendrán en cuenta para el cómputo anual las horas extraordinarias que hayan sido compensadas con descanso dentro de los cuatro meses siguientes a su realización. Esto marca una diferencia práctica: si las horas extra se pagan en nómina, sí cuentan dentro del límite. Si se compensan con descanso equivalente en ese plazo, no computan.

Además, la compensación debe pactarse por convenio colectivo o por acuerdo entre empresa y trabajador, pudiendo optarse entre retribución económica o descanso.

No todas las horas extra entran en el cálculo. La ley excluye las realizadas para prevenir o reparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes. En estas situaciones (averías graves, emergencias), no se suman al tope, aunque sí deben compensarse. Y ojo con las reglas que suelen pasar desapercibidas:

  • Son voluntarias, salvo que el convenio o el contrato digan lo contrario.
  • Están prohibidas para menores de 18 años.
  • Deben respetar los descansos mínimos y la jornada máxima legal.
  • En contratos a tiempo parcial, en general no se pueden hacer horas extra (salvo fuerza mayor).

Además, el Gobierno puede reducir o incluso eliminar temporalmente el límite en determinados sectores o situaciones. Ejemplo práctico: si se hacen 100 horas extra en un año, se pagan 60 y las otras 40 se compensan con descanso dentro de los 4 meses siguientes, solo computan 60. Pero si las 100 se pagaran, la empresa superaría el máximo.

Superar los límites de jornada y horas extraordinarias es una infracción grave según la LISOS, con multas que pueden alcanzar hasta los 7.500 euros, además de posibles reclamaciones del trabajador.

Deja un comentario